RESOLUCIONES 131 / 2018 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 9 de Noviembre de 2018
Fecha de Entrada en Vigor | 15 de Noviembre de 2018 |
Fecha de la disposición | 9 de Noviembre de 2018 |
Número de Boletín | 29373 |
Fecha de Publicación | 14 de Noviembre de 2018 |
Número de documento | 69288 |
DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 131/18, del 09/11/2018.
VISTO el artículo 16 de la Ley N° 8467 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el quinto párrafo del artículo citado en el Visto, corresponde proceder a establecer el valor de aquellas unidades o modelo año que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) no fijó el mismo, para determinar y liquidar el impuesto único anual a los Automotores y Rodados año 2019;
Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Auditoría Interna y Control de Gestión, Informática, Recaudación, Técnico Legal y Técnico Tributario;
Por ello, y en virtud al dictamen emitido por los Departamentos Técnico Tributario y Técnico Legal de fecha 14/11/2012,
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
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Para las unidades cuyo modelo año sea anterior al año 1994: el valor fijado por la DNRPA para el año de fabricación 1994 o subsiguiente en el que haya fijado valor.
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Para las unidades con modelo año igual o posterior al año 1994: el valor fijado por la DNRPA para el año de fabricación inmediato posterior o subsiguiente en el que haya fijado valor o, en su defecto, en el inmediato anterior o subsiguiente en el que haya fijado valor.
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Para las unidades cero (0) kilómetro que sean lanzadas al mercado en el cuarto trimestre del año calendario 2018: el valor que surja de la factura de compra o documento equivalente o, en su defecto, el valor fijado por la DNRPA correspondiente al mes de adquisición de las respectivas unidades.
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Para las restantes unidades que la DNRPA no...
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