RESOLUCIONES 125 / 2016 RESOLUCION de 29 de Noviembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Diciembre de 2016
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2016
Número de Boletín28892
Fecha de Publicación 1 de Diciembre de 2016
Número de documento57124

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 125/16, del 29/11/2016.

VISTO el artículo 16 de la Ley N° 8467 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el quinto párrafo del artículo citado en el Visto, corresponde proceder a establecer el valor de aquellas unidades o modelo año que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) no fijó el mismo, para determinar y liquidar el impuesto único anual a los Automotores y Rodados año 2017;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Auditoría Interna y Control de Gestión, Informática, Recaudación, Técnico Legal y Técnico Tributario;

Por ello, y en virtud al dictamen emitido por los Departamentos Técnico Tributario y Técnico Legal de fecha 14/11/2012,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° Establecer el valor de aquellos vehículos automotores y rodados cuyo modelo año no se encuentra fijado por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), para determinar y liquidar el impuesto único anual a los Automotores y Rodados año 2017, de la forma que a continuación se indica:
  1. Para las unidades cuyo modelo año sea anterior al año 1992: el valor fijado por la DNRPA para el año de fabricación 1992 o subsiguiente en el que haya fijado valor.

  2. Para las unidades con modelo año igual o posterior al año 1992: el valor fijado por la DNRPA para el año de fabricación inmediato posterior o subsiguiente en el que haya fijado valor o, en su defecto, en el inmediato anterior o subsiguiente en el que haya fijado valor.

  3. Para las unidades cero (0) kilómetro que sean lanzadas al mercado en el cuarto trimestre del año calendario 2016: el valor que surja de la factura de compra o documento equivalente o, en su defecto, el valor fijado por la DNRPA correspondiente al mes de adquisición de las respectivas unidades.

  4. Para las restantes unidades que la DNRPA no fijó valor:

  1. Para las...

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