RESOLUCIONES 123 / 2020 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 15 de Octubre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor17 de Octubre de 2020
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2020
Número de Boletín29839
Fecha de Publicación16 de Octubre de 2020
Número de documento78966

SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 15 DE Octubre de 2020.

RESOLUCIÓN GENERAL N° 123/20

VISTO la Resolución N° 767/ME-2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada en el Visto, se restablece temporalmente y con determinados alcances hasta el 30 de noviembre de 2020, el régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución N° 012/ME-2004 y sus modificatorias para las obligaciones tributarias correspondientes a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública y a las Tasas al Uso Especial del Agua y Retributivas de Servicios, a los fines de permitir a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de la condición prevista en el artículo 3° del régimen excepcional dispuesto por la Ley N° 8873, restablecida por Ley N° 9236;

Que dicha resolución faculta a esta Autoridad de Aplicación a establecer las condiciones, requisitos y formalidades para el otorgamiento de la facilidad de pago;

Que en ese marco, cabe dejar debidamente establecido que las condiciones, requisitos y formalidades que deberán cumplirse para el otorgamiento de la facilidad de pago administrativa restablecida por la Resolución N° 767/ME-2020 son las previstas por la RG (DGR) N° 11/04, sus modificatorias y normas complementarias, con los alcances establecidos por la citada resolución ministerial;

Que atento al estado de emergencia epidemiológica declarada en la Provincia de Tucumán, la adhesión al régimen de facilidades de pago en cuestión se deberá efectuar a través del sitio web de esta autoridad de aplicación, utilizando la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de INGRESOS Públicos (A.F.I.P.);

Que han tomado la...

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