RESOLUCIONES 1087 / 2021 CAJA POPULAR DE AHORROS / 2021-11-29

Fecha de publicación03 Diciembre 2021
Fecha29 Noviembre 2021
Número de Gaceta30.116
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial
RESOLUCION DE INTERVENCION Nº 1087/21 Expte. Nº 7.096/360/2021
1
San Miguel de Tucumán, 29 de Noviembre de 2021.-
VISTO:
Las presentes actuaciones a través de las cuales se propicia la modificación
de la Norma General de Contrataciones de la Institución, con el fin de adecuarla a las necesidades
de nuestros Sectores productivos conforme a las actividades que realizan y que se encuentran
definidas en el Art. de la Ley N° 5.115 (Carta Orgánica), como así también a los
procedimientos de compras y contrataciones en razón de la crisis sanitaria de público
conocimiento, que genera dificultades en la materia; el crecimiento de la farmacoeconomía y, en
especial los rubros ligados a la construcción y fabricantes de insumos para la construcción; y
CONSIDERANDO:
Que sobre el particular, obra elevación producida por Gerencia General de
la Institución (fs. 22/22 vta.), quien a instancias de las instrucciones impartidas a fs. cabecera
señala que Gerencia Financiera informa que con la actualización sugerida para los topes
establecidos oportunamente en la Norma General de Contrataciones, se logrará una dinámica que
favorezca en tiempo y forma la resolución de todo trámite vinculado con contrataciones y compras
que se realicen en la Institución, sugiriendo en la misma línea una revisión semestral de los
valores de la Norma, de manera que los mismos no pierdan poder de compra y dificulten el
funcionamiento diario, ello en razón del contexto de crisis sanitaria y económica actual, la alta
inflación y la expectativa de devaluación que genera incertidumbre sobre el tipo de cambio;
Que atento a ello, indica que la citada dependencia sugiere las
actualizaciones en función de los parámetros que se detallan a continuación: 1) Inflación según
índice IPC desde Marzo/2021 al 31/10/2021: 31,55%; 2) Inflación según índice IPC desde
Agosto/2021 al 31/10/2021: 7,19% solo para los incisos c) y d) del Punto 3.3.3.1 Compra
Directa del Punto 3.3.1.1, quedando de esta manera los importes actualizados conformados de la
siguiente manera:
3.3 3.3.1.1. Contratación Directa: Hasta $2.000.000.- (Pesos: Dos Millones)
3.2 3.2.1. Concurso de Precios: Desde $2.000.001.- (Pesos: Dos Millones Uno) hasta
$4.000.000.- (Pesos: Cuatro Millones).
3.1 3.1.1. Licitación Pública: Desde $4.000.001.- (Pesos: Cuatro Millones Uno).
3.3.3. Autorización y Aprobación
3.3.3.1 Compra Directa del Punto 3.3.1.1:
a) Hasta $20.000.- (Pesos: Veinte Mil).
b) Hasta $110.000.- (Pesos: Ciento Diez Mil).
c) Más de $110.001.- (Pesos: Ciento Diez Mil Uno) y Hasta $375.000.- (Pesos: Trescientos
Setenta y Cinco Mil)
d) Hasta $375.000.- (Pesos: Trescientos Setenta y Cinco Mil).
e) Hasta $2.000.000.- (Pesos: Dos Millones).
3.3.3.2 Compra Directa del Punto 3.3.1.2 al 3.3.1.13 Inclusive
a) Hasta $2.000.000.- (Pesos: Dos Millones).
b) Desde $2.000.001.- (Pesos: Dos Millones Uno)
3.3.3.3 Contrataciones y Compras Directas Operativas del Punto 3.3.1.2 al 3.3.1.13 inclusive:
a) Hasta $6.580.000.- (Pesos: Seis Millones Quinientos Ochenta Mil).
b) Desde $6.580.001.- (Pesos: Seis Millones Quinientos Ochenta Mil Uno).
Que la citada Jerarquía, expresa además que nuestra Área Legal dictamina
que encontrándose justificados los cambios propuestos y a fin de garantizar el normal
funcionamiento de los Sectores Productivos de la Institución no existe impedimento legal para la
continuidad el trámite, siendo resorte exclusivo de la Superioridad autorizar las modificaciones
propuestas, conforme las facultades conferidas por el Art. 15 Inc. f) de la Ley N° 5.115;

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