RESOLUCIONES 106 / 2020 DIRECCION DE PERSONASD JURIDCAS de 4 de Agosto de 2020
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Octubre de 2020 |
Fecha de la disposición | 4 de Agosto de 2020 |
Número de Boletín | 29833 |
Fecha de Publicación | 7 de Octubre de 2020 |
Número de documento | 78877 |
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N°106/2020-DPJ, del 04/08/2020.
VISTO: Lo solicitado a fs. N° 1 del Expte. N° 6081-211-F-19 de la "FUNDACIÓN FRENTE DE TRABAJADORES POR LA JUSTICIA" con domicilio legal en la Provincia de Tucumán y sede en CALLE LAS PIEDRAS N° 729 PB DPTO. "D" de la ciudad de San Miguel de Tucumán, y;
CONSIDERANDO:
Que la Fundación obtuvo Personería Jurídica N° 146/15 DPJ de fecha 29/06/2015 ;
Que en reuniones extraordinarias del Consejo de Administración y Fundadores de fechas 03/12/2019, 18/12/2019, 12/02/2020,20/02/20 y 31/07/2020, la entidad resuelve la reforma intearal de su Estatuto con modificación de su art 1° cambio del NOMBRE DE LA FUNDACION y eliminación del plazo de duración, quedando el plazo determinado en el art 4to. de nuevo texto ordenado, de su art. 3ro., art. 4to., art. 5to., art. 6to., art. 8vo., y adecuación de sus cláusulas al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Que oportunamente esta Dirección requirió correcciones al texto de nuevo estatuto a fin de adecuar el mismo a disposiciones legales y reglamentarias vigentes;
Que en cumplimiento de ello, se presenta texto ordenado del estatuto social en fs. 11 a 18 del Expte. 516/211-F-20;
Que, en la reforma integral estatutaria la entidad concurrente ha dado cumplimiento a los recaudas exigidos por Código Civil y Comercial Común de la Nación -en su art. 216-, y cláusulas del propio estatuto;
Que la reforma integral, tal como consta en el texto ordenado del estatuto no altera los fines y naturaleza jurídica de la fundación peticionante, conforme los arts. 141, 142, 148 Y cctes. Del nuevo Código Civil;
Que obra dictamen favorable de Asesoría interviniente y Subdirección,
Por ello, y de conformidad a los estipulado por el art. 4 ¡nc. 1 de la Ley N° 8367 y su Decreto Reglamentario 2942/1 (FE) del 29/08/11;
LA DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
APROBAR la REFORMA INTEGRAL del Estatuto de la "FUNDACIÓN FRENTE DE TRABAJADORES POR LA JUSTICIA" con domicilio legal en la Provincia de Tucumán y sede en CALLE LAS PIEDRAS N° 729 PB DPTO. "D" de la ciudad de San Miguel de Tucumán, con MODIFICACION DE SU NOMBRE por "NOSOTRAS PODEMOS", siendo esta última...
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