Resoluciones
Fecha de publicación | 28 Abril 2022 |
Número de Gaceta | 27357 |
Sección | Sección Administrativa |
Paraná, jueves 28 de abril de 2022 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa 25
RESOLUCIONES
ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGIA DE ENTRE RIOS
RESOL UCION Nº 65 EPRE
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Paraná, 26 de abril de 2022
VISTO :
La Resolución EPRE N° 158/08, la Resolución Nº 14/22 de la Municipalidad de Paraná de fecha 11/04/2022, la
Nota ENERSA de fecha 25/04/2022 y;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución EPRE N° 158/08 -Especificación Técnica- tiene por objeto establecer las condiciones mínimas
generales que deben cumplir las instalaciones eléctricas en los puntos de medición a efectos de preservar la
seguridad eléctrica de las personas, animales y bienes;
Que la Municipalidad de Paraná emitió la Resolución Nº 14/22 donde manifiesta que el Departamento de Obras
Eléctricas dependiente de la Dirección de Obras Particulares, inspeccionó y aprobó en su totalidad la obra
“PROCREAR Paraná 600 Viviendas” localizada en la zona sur de la ciudad de Paraná, entre la calles Gral. Espejo
– Sarobe - Pablo Crauzas y Avda Ejército y, en consecuencia, que el 11 de marzo del corriente año se visaron y
entregaron notificaciones de 426 certificados de conexión eléctricas de las viviendas;
Que en dicha resolución Municipal se informa que los Certificados de Conexión de Servicio Eléctrico A T1 se
encontraban vencidos de acuerdo a la Resolución Nº 158/08 EPRE, y a los fines de regularizar dicha situación, era
necesario revalidar los mismos autorizando la extensión de los plazos, lo que hizo en el artículo segundo de la
mencionada resolución, extendiendo el plazo para la presentación de los mismos, por un término de 365
(trescientos sesenta y cinco) días a partir de la notificación;
Que ENERSA mediante nota de fecha 25/04/2022 manifiesta que no procederá a habilitar los suministros
involucrados por estar vencidos los certificados eléctricos precedentemente indicados;
Que dada la situación excepcional y en atención a la imperiosa necesidad de los usuarios de contar con el
suministro del servicio público económico eléctrico, y que la Municipalidad de Paraná considera que están dadas
las condiciones para poder ampliar la validez de los certificados eléctricos por un plazo de 365 días a partir de la
notificación de dicha resolución; y dada la validez y ejecutoriedad del acto administrativo em itido por la
Municipalidad de Paraná mediante Resolución N° 14/22 –autoridad competente en forma exclusiva en materia de
instalaciones eléctricas de los inmuebles-, éste organismo por razones de oportunidad, mérito y conveniencia
considera pertinente extender los certificados a condición de que la Distribuidora al m omento de la instalación del
medidor verifique que los elementos de protección declarados en los respectivos certificados se encuentren
correctamente instalados de acuerdo a la Resolución EPRE N° 158/08;
Que se han producido los correspondientes dictámenes de las áreas de competencia, que obran agregados al
presente expediente y forman parte integrante de los considerandos de éste acto administrativo;
Que el Ente Provincial Regulador de la Energía está facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo
dispuesto en los Artículos 48º inciso b) y 56º inciso g) de la Ley Nº 8.916 y en el Anexo IV del Contrato de
Concesión de la Distribuidora ENERSA;
Que por Decreto Nº 1127/96 MEOSP se dispuso la intervención de este Ente, y por Decreto N° 168 MPIS de
fecha 11/12/2019 se ha designado Interventor del Organismo al Dr. José Carlos Halle;
El Interventor del EPRE
R E S U E L V E :
Articulo 1º: Prorrogar la vigencia de los 426 (cuatrocientos veintiséis) Certificados de Conexión de Servicios
Eléctricos A-T1 (Res. Epre 158/08) del Barrio “PROCREAR Paraná 600 Viviendas”, obra localizada en la zona sur
de la ciudad de Paraná, entre la calles Gral. Espejo – Sarobe - Pablo Crauzas y Avda Ejército, por el término de
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noventa (90) días a contar del dictado de la presente, por las razones y fundamentos expuestos en los
considerando.
Articulo 2º: Dicha prórroga mencionada en el artículo 1° quedará sujeta a que la Distribuidora al momento de la
instalación del medidor, verifique que los elementos de protección declarados en los respectivos certificados se
encuentren correctamente instalados de acuerdo a la Resolución EPRE N° 158/08.
Articulo 3°: Registrar, publicar en el Boletín Oficial y Página Web del EPRE, notificar a la Distribuidora ENERSA
y, oportunamente archivar.
José Carlos Halle, Interventor E.P.R.E.
- Resolución Nº 351/16 ATER -
Agente de Retención - Comercio
Electrónico
- Resolución Nº 318/16 ATER -
Agente de Retención - Impuesto al
Ej. de Prof. Liberales.
- Resolución Nº 319/16 ATER y sus
modificatorias - Agentes de
Retención, Percepción e
Información - Imp. Sobre los
Ingresos Brutos.
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