Resoluciones

Fecha de publicación15 Junio 2023
Número de Gaceta27631
SecciónSección Administrativa
Paraná, jueves 15 de junio de 2023 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa 31
DECRE TO Nº 462 MP
Paraná, 7 de marzo de 2023
Reconociendo la efectiva p restación de servicios al Señor Luis Hernán Dalinger, D.N.I. N° 24.592.461, Legajo N °
178.911, en carácter de adscripto en la Dirección Provincial de Defensa Civil dependiente del Ministerio de
Gobierno y Justicia, a partir del 14 de enero de 2023 y hasta la fecha del presente Decreto. -
Adscribiendo a la Direcció n Provincial de Defensa Civil dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, a par tir
de la fecha del presente Decreto y hasta el 09 de di ciembre de 202 3, al Señor Luis Hernán Dalinger, D.N.I. N°
24.592.461, Legajo N° 178.911, agente revista en u n Cargo Categoría 6, Clase Administrativo y Técnico, Grupo
Administrativo, Tramo b) Ejecución del Escal afón General, en la Planta de Personal Permanente de la Secretaría
de Industria y Comercio del Ministerio de Producción. -
Determinando que la Dirección Provincial d e Defensa Civil, comunicará a la Secretaría de Industria y Comercio,
las novedades respecto a la asistencia, puntualidad y licencias de las que hiciera uso el Señor Dalinger.
Estableciendo que los Organismos pertinentes, efectuarán las notificaciones correspondientes al age nte
interesado y a la Dirección General de Recursos Humanos. -
RESOLUCIONES
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS
RESOL UCION Nº 1287 CMER
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Paraná, 15 de mayo de 2023
VISTO :
La impugnación presentada por el Dr. Carlos Andrés Pellich ero contra la Calificación de sus Antecedentes y el
resultado final de la Prueba de Oposición Escrita, en el marco de los Concursos Públicos de Antecedentes y
Oposición N° 252, 253, 254, 255 y 256, destinados a cubrir tres (3) cargos de Juez de Garantías, N°1, N° 3 y N° 4
de la ciudad de Concordia; dos (2) cargos de Juez de Garantías, N° 7 y N° 8 de la ciudad de Paraná; un ( 1) cargo
de Juez de Garantías y Transición de Colón; un (1) cargo de Juez de Garantías y Transición de Nogo yá y un (1)
cargo de Juez de Garantías y Transición de Villagua y, respectivamente;
CONSI DERANDO:
Que, en orden a la admisibilidad formal del recurso intentado, cabe señalar que ha sido interpuesto en tiempo y
forma, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26 d e la Ley Nº 11.003 y el artículo 84 del Reglamento Gen eral
y de Concursos Públicos (RGCP);
Que, adentrándonos en el análisis de la procedencia del planteo deducido, corresponde reseñar en primer l ugar,
que mediante Acta Nº 39, de fecha 30/11/2022, se e stableció la correlación entre los datos personales de cada
postulante, contenidos en los sobres identificados con una clave numérica y las claves alfabéticas asignadas a
cada uno de los exámenes escritos, junto a la calificación obtenida conforme dictamen del Jurado intervinient e;
Que, asimismo en la fecha señalada ut supra, junto a los puntajes establecidos por el Jurado Técnico, se dieron a
conocer los argumentos valorativos que forman parte del criterio que se sostuvo para evaluar el examen escr ito, y
se hizo saber la Calificación de Antecedentes aprobada mediante Resoluciones Nº 1221, 1222, 1223, 1224 y 1225
CMER, de fecha 14/11/2022 y finalmente, se estableció el orden de mérito resultante luego de la suma de los
puntajes obtenidos;
Que, en este estado, el Dr. Pellichero promueve la vía r ecursiva señalada más arriba y respecto de la Calificación
de Antecedentes, observa los rubros “Especialidad” y “Académicos”, entendiendo –respecto del primero de ellos-
que se ha considerado para valorar el mismo, la efe ctiva intervención en causas vinculadas al derecho
concursado, no sopesando el conocimiento del derecho pena l que lleva implícito el cargo que desempeña.
Menciona su formación en posgrado, en la materia del der echo concursada y concluye que deben considerarse
los 6 años que lleva en el cargo de Juez, para valorar la e specialidad en los concursos. Por otra parte, agrega que

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