RESOLUCIONES 1 / 2021 SIPROSA de 4 de Enero de 2021
Fecha de Entrada en Vigor | 13 de Enero de 2021 |
Fecha de la disposición | 4 de Enero de 2021 |
Número de Boletín | 29896 |
Fecha de Publicación | 12 de Enero de 2021 |
Número de documento | 80054 |
SIPROSA. RESOLUCIÓN N° 01/SPS, del 04/01/2021. EXPEDIENTE N° 4375/616-N-2020.-
VISTO, que por las presentes actuaciones se tramita la solicitud de renovación de aval para el funcionamiento de la Residencia de Traumatologíacon sede en el Sanatorio 9 de Julio S.A., sito en calle 25 de Mayo N° 372 de esta ciudad, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 se indican los profesionales que integrarán el cuerpo docente de la residencia en cuestión;
Que a fs. 4/20 se adjunta Programa de la Residencia de Clínica Médica, con su fundamento, objetivos generales, desarrollo del programa y demás información al respecto;
Que a fs. 23/45 obra documentación personal de los profesionales que formarán partedel cuerpo docente, Convenio de la residencia de que se trata, y Reglamento General de Residencias del Sanatorio 9 de Julio S.A.;
Que a fs. 46 glosa el Aval de la Asociación Tucumana de Ortopedia y Traumatología;
Que a fs. 47/48obra copia de Resolución N° 478/SPS del 21/10/2015, por la cual se autoriza el funcionamiento de la Residencia de que se trata, por el término de 5 años;
Que a fs.49 corre agregada Constancia de Cobertura de la Póliza de Seguros
Que a fs. 51la Dirección General de Recursos Humanos en Salud toma la intervención de su competencia;
Que la autorización aquí gestionada, encuadra en las previsiones legales establecidas en la Resolución N° 315/CPS de fecha 26 de febrero de 1997, por la que se aprueba el reglamento de autorización a Programas de Residencias Médicas que se desarrollan en Instituciones Privadas, que dispone en su artículo 3° que: Las Instituciones que gestionen la AUTORIZACION del SI.PRO.SA. para la formación de Residentes deberán presentar:
a)-Reglamento de las Residencias: que contemple los aspectos esenciales que hacen a su naturaleza docente.-
b)-Plan de Estudios: programas analíticos por materia, indicando carga horaria teórica práctica, objetivos generales de los mismos, especificando los conocimientos teóricos, las aptitudes y destrezas a adquirir por los residentes por año cursado.-
c)-El Programa deberá contemplar una casuística mínima que asegure la adquisición de aptitudes y destrezas por parte de los residentes (standart de acreditación), la que deberá estar pre establecida en el plan y programa de cada materia.-
d)-El plan de estudios deberá contar con el Aval previo de la Sociedad Científica correspondiente.-
Que el artículo 11° establece respecto de la autorización que será emitida por Resolución del Consejo...
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