Resolución E. Z. F. S. Nº 09/2017 Villa Constitución,

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición19 de Enero de 2017

RESOLUCIÓN E. Z. F. S.

Nº 09/2017

VILLA CONSTITUCIÓN,

29 de Setiembre de 2017

VISTO: La Resolución E.Z.F.S. Nº 03/2016 de fecha 22 de Agosto de 2016; y

CONSIDERANDO: Que resulta conveniente incorporar nuevos contenidos, así como modificar algunos de los existentes, a fin de facilitar la correcta interpretación de sus alcances y por ende una más eficiente gestión.

Que en cuanto a la requisitoria a exigir para la inscripción y obtención de la aptitud operativa de usuarios de la Zona Franca Santafesina, es oportuno dictar una norma de manera que facilite y haga más dinámico, tales trámites.

Por ello, el Directorio del Ente Zona Franca Santafesina en uso de facultades que le son propias (art. 16 incs.“i”, “j” y conds. Ley 24331, art.8 incs. “b”, “l”, “n” y 9 incs. “i” y conds. Ley 11731, arts. 35, 36 y conds.del Reglamento de Funcionamiento;y disposiciones de la ley 11717), dicta la siguiente.

RESOLUCIÓN

Art. 1º) Deróguese el “Anexo I” de la Resolución E.Z.F.S. Nº 03/2016, el que se reemplaza por los “Anexo I” y “Anexo II” que como adjuntos forman parte y se aprueban, a través de la presente Resolución.

Art. 2º) Regístrese y hágase saber.

ANEXO I

DE LA RESOLUCIÓN E.Z.F.S. Nº 03/2016

(Con modificación hecha por Resolución E.Z.F.S. Nº 10/2017)

REGLAMENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DE USUARIOS DE LA ZONA FRANCA SANTAFESINA

Artículo 1º

Serán Usuarios Directos o Indirectos de la Zona Franca Santafesina (ZFS), aquellas personas físicas o jurídicas a quienes el Ente Zona Franca Santafesina (EZFS) haya incorporado al “Registro de Usuarios”, habiéndole otorgado previamente la “Condición de Admisibilidad” y la “Certificación de Aptitud Operativa” y que hayan celebrado el respectivo Contrato con el Concesionario o con el Usuario Directo según corresponda.

Artículo 2º

Todo aspirante a Usuario Directo o Indirecto iniciará el trámite de Inscripción, conforme lo establecido en este Reglamento a partir del Artículo 5º “Procedimiento de Inscripción”.

Artículo 3º

Los Formularios EZFS “A”, “B”, “C”, “C1”, “C2”, “C3”, “D” y “E” que integran el Anexo II de la Res. EZFS Nº 10/2017, forman parte del presente y serán requeridos en el Procedimiento de Inscripción.

Artículo 4º

Los Formularios EZFS “F”, “G” y “H” que integran el Anexo II de la Res. EZFS Nº 10/2017, forman parte del presente y con ellos el EZFS acreditará la recepción de la documentación recibida.

Artículo 5º

“PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN”.

1- “CONDICIÓN DE ADMISIBILIDAD” Para obtener dicha condición el aspirante a Usuario Directo o Indirecto deberá presentar al EZFS la siguiente documentación:

  1. PARA PERSONAS FÍSICAS:

    1. Nota del Concesionario formalizando la presentación.

    2. Formulario EZFS “A “, con firma certificada por Escribano Público o Poder Judicial.

    3. Poder general o especial del apoderado firmante (si lo hubiere) certificado por Escribano Público o Poder Judicial.

    4. Fotocopia certificada por Escribano Público o Poder Judicial, del DNI, del solicitante y apoderado firmante (si lo hubiere).

    5. Autorizaciones y/o habilitaciones pertinentes, de los Organismos Públicos competentes, en función de la actividad que la empresa...

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