Resolución Nº 2120/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación26 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 289.908/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 289.908/12 obra el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 891/07 “E”, entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (A.P.J.A.E.) Seccional Mendoza y la empresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo, a foja 1 del Expediente Nº 290.425/12, agregado como foja 24 al principal, luce el Acta Complementaria suscripta por los mismos agentes negociales.

Que ambos instrumentos convencionales han sido ratificados a foja 34 por la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA (A.P.J.A.E.).

Que a través del texto convencional alcanzado, se conviene una recomposición salarial dentro de los términos y lineamientos estipulados, para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 891/07 “E”, cuyas partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente cuya homologación se pretende se corresponde con el alcance de representación de la parte empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la asociación sindical firmante emergente de su Personería Gremial.

Que en relación con las disposiciones del Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), debe dejarse indicado que al finalizar el Acuerdo, las partes han dejado constancia de que no cuentan con Delegados de Personal.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio...

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