Resolución Nº 10/2013

Fecha de disposición19 Febrero 2013
Fecha de publicación26 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 19/2/2013

VISTO el Expediente Nº 11717/2003 del Registro del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR y la Resolución Nº 146 de fecha 17 de junio de 2004 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A., solicitó acogerse al Régimen del Decreto Nº 490 de fecha 5 de marzo de 2003, dictado en el marco de las Leyes Nros. 19.640 y 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, para la fabricación de Equipos de Radiocomunicaciones Celulares Móviles, en su planta fabril localizada en la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que la Resolución Nº 146 de fecha 17 de junio de 2004 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION declaró a la Empresa BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A., comprendida en el Régimen del Decreto Nº 490/03, para la fabricación de Equipos de Radiocomunicaciones Celulares Móviles, en su planta fabril localizada en la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que de los considerandos de la referida Resolución Nº 146/04 de la ex- SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA surge que los productos para cuya fabricación se solicitara autorización no registraban producción en el Territorio Continental Nacional y se encontraban habilitados en otro régimen industrial promocional vigente en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

Que la Resolución Nº 22 de fecha 9 de agosto de 2010 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA amplió los compromisos asumidos por la Empresa BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A. por medio de la Resolución Nº 146/04 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en la suma de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 8.500.000) la inversión en activos fijos comprometida, en UN MILLON CIENTO NUEVE MIL QUINIENTAS VEINTE (1.109.520) unidades anuales la capacidad máxima de producción, y en TRESCIENTAS SESENTA MIL (360.000) unidades anuales la producción mínima comprometida, y asimismo adicionó al personal registrado la cantidad de OCHENTA (80) empleados, fijando por último el plazo máximo para la puesta en marcha del proyecto de ampliación de producción aprobado a partir de la entrada en vigencia de la Resolución Nº 22/10 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.

Que la Resolución Nº 494 de fecha 3 de agosto de 2011 de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA amplió los compromisos asumidos por la Empresa BRIGHTSTAR FUEGUINA S.A. por medio de la Resolución Nº 146/04 de la ex-SECRETARIA...

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