Resolución Técnica Nº 26/2009

Fecha de publicación30 Junio 2009
Fecha de disposición30 Junio 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31684

Bs. As., 24/6/2009

VISTO el Expediente Nº 150687-09 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, y la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA Nº 79 del 9 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08, establece en su artículo 124 que el personal que revista bajo el régimen de carrera que sustituye será reencasillado con efecto a partir del 1º de diciembre de 2008, según las pautas del Título XIII.

Que, de acuerdo con lo previsto por la Resolución S.G.y.G.P. Nº 79/08, el titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, ha remitido a la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA la propuesta de reencasillamiento del personal que revista en el régimen de estabilidad.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales signatarias del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, expresando su conformidad según consta en el Acta glosada en el Expediente citado en el Visto.

Que la propuesta de reencasillamiento del personal de la citada Superintendencia, en base a los datos contenidos en el formulario de Reencasillamiento del Personal Permanente firmado por la autoridad superior y el titular de la unidad organizativa, establecidos en los artículos 1º y 2º de la Resolución S.G.y.G.P. Nº 79/08, cumple con las pautas establecidas en el mencionado Título XIII del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVEN:

ARTICULO 1º

Dase por aprobado, a partir del 1º de diciembre de 2008, el reencasillamiento del personal permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, de conformidad con el detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional, del Registro Oficial y archívese. -- Dr. JUAN MANUEL ABAL MEDINA, Secretario de Gabinete y Gestión Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros. -- Dr. JUAN ANTONIO RINALDI, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

ANEXO I Personal Permanente reencasillado en el Sistema Nacional de Empleo Público Ministerio de Salud Superintendencia de Servicios de Salud e. 30/06/2009 Nº 54348/09 v. 30/06/2009 FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ADOPCION DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA (NIIF) DEL CONSEJO DE NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (IASB) Resolución Técnica Nº 26/2009

PRIMERA PARTE Visto:

El Proyecto de Resolución Técnica Nº 16 sobre 'Normas contables profesionales: adopción de las Normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)', aprobado por la Junta de Gobierno del 28 de noviembre de 2008, y Considerando:

  1. Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;

  2. que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones;

  3. que los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de las veinticuatro jurisdicciones han suscripto la denominada 'Acta de Catamarca' del 27 de setiembre de 2002, en la que exteriorizaron explícitamente su compromiso en el artículo 2 inc b de...

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