Resolucion 619/2007 - Sss

Fecha de disposición28 Septiembre 2007
Fecha de publicación28 Septiembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31249

La notificación mencionada precedentemente deberá ser exhibida ante esta ANSES cuando el Organismo lo considere necesario'.

Art. 5º

Derógase la notificación que obra como Anexo de la Resolución D.E.-N Nº 641/03.

Art. 6º

Derógase el artículo 10 de la Resolución D.E.-N Nº 641/03.

Art. 7º

Sustitúyese el artículo 11 de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 por el siguiente: 'ARTICULO 11.- A partir de la vigencia de la presente, los trabajadores en relación de dependencia con empleadores incluidos en el SUAF deben presentar ante ANSES:

  1. En los supuestos de solicitud de la Asignación Familiar por Maternidad, Maternidad Down y Prenatal y en el supuesto de designación de Apoderado para percibir las Asignaciones Familiares:

    El Formulario 'DDJJ Novedades Unificadas - Sistema Unico de Asignaciones Familiares' debidamente cumplimentado. El Formulario solicitando la liquidación de la Asignación Familiar por Maternidad debe ser presentado ante ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia respectiva; si se presentara con posterioridad a la finalización de la Licencia por Maternidad no corresponderá el pago de la Asignación Familiar por Maternidad. El Formulario solicitando la liquidación de la Asignación Familiar por Maternidad Down debe ser presentado ante ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad contemplada en la Ley Nº 24.716; si se presentara con posterioridad a la finalización de la Licencia por Maternidad Down no corresponderá el pago de la Asignación Familiar por Maternidad Down.

  2. En los supuestos contemplados en la Resolución S.S.S. Nº 14/02, Capítulo I, punto 9, inciso

    a): Declaración de la Pluricobertura existente, a través del Formulario 'DDJJ Renuncia/Revocación de Renuncia al Cobro de Asignaciones Familiares -Sistema Unico de Asignaciones Familiares'.

  3. En los supuestos de Ayuda Escolar Anual y sólo en los casos contemplados en la Resolución D.E.-N Nº 081/07, Formulario debidamente cumplimentado 'DDJJ SolicitudAsignación Familiar por Ayuda Escolar Anual - Sistema Unico de Asignaciones Familiares'. Es obligatorio que del mencionado Formulario surja el ciclo al que concurre el estudiante, a saber: Nivel Inicial, Educación General Básica (EGB), Polimodal, Enseñanza Primaria, Enseñanza Secundaria, Diferencial, Tratamiento de Rehabilitación o Maestro Particular.

    En el caso que el Rubro 2 ó el Rubro 3 de dicho Formulario no se encuentre debidamente cumplimentado, deberá acompañarse el original del Certificado Escolar o el Certificado de Tratamiento y/o Rehabilitación, según corresponda.

    En el Formulario 'DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual -Sistema Unico de Asignaciones Familiares' o en el Certificado Escolar debe obrar tipo y número de Documento de Identidad y CUIL del alumno.

  4. El trabajador podrá designar cualquier persona para realizar la presentación de los Formularios detallados en el presente artículo, debiendo en estos casos, cumplimentar el Rubro 'Representante'.

Art. 8º

Sustitúyese el artículo 12 de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 por el siguiente: 'ARTICULO 12.- Los trabajadores de empresas incorporadas al SUAF, tengan o no cargas de familia, deben elegir el medio de pago donde quieren percibir las Asignaciones Familiares ante una oficina, delegación o Unidad de Atención Integral de esta ANSES. Si la elección efectuada es una Boca de Pago/Sucursal de Correo deberá presentar una Nota con carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido y Nombre, CUIL, Provincia, Localidad o Código Postal del lugar de cobro elegido.

Si optara por percibir las Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria propia o cuenta sueldo deberá presentar una Nota con carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido y Nombre y Número de CUIL, adjuntando Constancia emitida por el Banco o copia del Extracto Bancario donde conste CUIL o DNI, Apellido y Nombre y número de CBU correspondiente.

Art. 9º

Sustitúyese el artículo 13 de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 por el siguiente: 'ARTICULO 13.- No corresponde la tramitación de las solicitudes de las Asignaciones Familiares por Maternidad y Maternidad Down cuando las trabajadoras se encuentren gozando su Licencia por Maternidad o la inicien al momento de la incorporación de la empresa en SUAF'.

Art. 10 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ricardo Bustos Villar.

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria SANIDAD ANIMAL Resolución 609/2007

Sustitúyese el Anexo de la Resolución Nº 1994/2000, en relación con la categorización de productos veterinarios.

Bs. As., 25/9/2007

VISTO el Expediente Nº 18.668/2000, la Resolución Nº 1994 del 10 de noviembre de 2000, ambos del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y CONSIDERANDO;

Que la Resolución Nº 1994 del 10 de noviembre de 2000 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDADAGROALIMENTARIA, reglamentó lo dispuesto en el artículo 31 de la Reglamentación Complementaria del Marco Regulatorio para Productos Veterinarios, aprobada por Resolución Nº 39/96 del GRUPO MERCADO COMUN, adoptada y puesta en vigencia en el Territorio Nacional por la Resolución Nº 765 del 19 de diciembre de 1996 del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, determinando los productos veterinarios que...

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