Resolucion 8/2008 - Sspmedr

Fecha de disposición28 Enero 2008
Fecha de publicación28 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31332

Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947) Buenos Aires, lunes 28 de enero de 2008

Año CXVI Número 31.332

Precio $ 0,80

PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 627.576

DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO DELAREPUBLICA ARGENTINA Sumario Pág.

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SANIDAD ANIMAL 350/2007-DLCTS Medida para las empresas que tengan registrados medicamentos veterinarios ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, que contengan determinados principios activos.

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RESOLUCIONES Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 8/2008

Emisión de órdenes de pago en concepto de bonificación a los créditos otorgados por utilización de cupos colocados con vencimientos en los meses de octubre y noviembre de 2007, cuyo beneficiario es el Banco Central de la República Argentina.

Bs. As., 24/1/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0486585/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, modificada por la Ley Nº 25.300, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Que el Decreto Nº 159 de fecha 24 de febrero de 2005 aprobó el Reglamento del Régimen de Bonificación de Tasas.

Que el Artículo 11 del Anexo al Decreto Nº 159/05, permite el acceso a los beneficios del Régimen de Bonificación de Tasas, mediante la participación y eventual adjudicación resultante de un Llamado a Licitación o mediante la celebración de un Convenio con la Autoridad de Aplicación en caso que ésta lo estime conveniente y siempre que se aseguren las mejores condiciones a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, estableciéndose en cada caso los cupos, bases y condiciones que regularán los financiamientos a otorgar.

Que laAutoridad deAplicación ha suscripto convenios con el objeto de bonificar la tasa de interés de créditos por hasta la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-) con la firma NACION FIDEICOMISOS S.A., en su...

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