Resolucion 10/2008 - Sspmedr

Fecha de disposición28 Enero 2008
Fecha de publicación28 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31332

Pág.

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 11

17 bonificación a los créditos otorgados por la utilización de los cupos colocados de las operaciones con vencimientos en los meses de octubre y noviembre de 2007, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las cuentas corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según surge del Anexo I, que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º

Apruébanse los Anexos I y II que, con UNA (1) hoja cada uno, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 3º

El monto a acreditarse en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, corresponde al detalle que surge del Anexo II, que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 91 OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 94, Actividad 1, Inciso 5, Partida Principal 1, Parcial 9, Subparcial 2020 y Fuente de Financiamiento 11.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Fernando J. Fraguío.

ANEXO I CONVENIOS ENTIDAD FINANCIERA TOTALES BANCO DE LA NACION ARGENTINA $ 88.808,99.NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. $ 7.961,75.TOTAL $ 96.770,74.ANEXO II APERTURA BANCO DE LA NACION ARGENTINA CONVENIOS TOTALES FOMICRO $ 88.808,99.TOTAL $ 88.808,99. Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 9/2008

Emisión de órdenes de pago en concepto de bonificación a los créditos otorgados por utilización de cupos colocados con vencimientos en los meses de octubre y noviembre de 2007, cuyo beneficiario es el Banco Central de la República Argentina.

Bs. As., 24/1/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0486621/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, modificada por la Ley Nº 25.300, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Que el Decreto Nº 159/05 aprobó el Reglamento del Régimen de Bonificación de Tasas.

Que mediante las Disposiciones Nros. 390 de fecha 30 de septiembre de 2004, 18 de fecha 28 de enero de 2005, 169 de fecha 3 de junio de 2005, 2 de fecha 9 de diciembre de 2005, 28 de fecha 24 de enero de 2006, 100 de fecha 4 de agosto de 2006, 154 de fecha 6 de noviembre de 2006, 232 de fecha 12 de junio de 2007 y 332 de fecha 21 de agosto de 2007, todas ellas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se procedió a la adjudicación de los cupos de crédito ofrecidos por las Entidades Financieras participantes de cada Llamado a Licitación.

Que se debe entonces proceder al pago que, en concepto de bonificación a los créditos otorgados por utilización de cupos oportunamente adjudicados y colocados, corresponde a cada Entidad Financiera participante.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 24.467 y su modificatoria, por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios y por el Artículo 3º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE:

Artículo 1º

Emítese la orden de pago por un total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON UN CENTAVO ($ 498.355,01.-) en concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por la utilización de los cupos colocados cuyos vencimientos operaron en los meses de octubre y noviembre de 2007, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las cuentas corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según surge de la hoja que, como Anexo forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º

Apruébase el Anexo que, con UNA (1) hoja forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a la...

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