Resolucion 523/2007 -srt

Fecha de disposición17 Abril 2007
Fecha de publicación17 Abril 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31136

Superintendencia de Riesgos del Trabajo SISTEMAS DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO Resolución 523/2007

Apruébanse las 'Directrices Nacionales para los sistemas de gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo'.

Bs. As., 13/4/2007

VISTO, el Expediente Nº 0355/07 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nros. 19.587, 24.557, sus normas complementarias, y la Resolución S.R.T. Nº 103 de fecha 27 de enero de 2005, y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo protege el derecho de los trabajadores a la salud y seguridad en el trabajo, por lo que el Estado debe adoptar las medidas apropiadas para garantizar su plena efectividad.

Que el artículo 5º inciso h) de la Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, considera como principio básico el estudio y adopción de medidas para proteger la salud y la vida del trabajador.

Que por el artículo 1º de la Resolución S.R.T. Nº 103 de fecha 27 de enero de 2005 se adoptaron las 'Directrices sobre Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo', ILO-OSH 2001 de la OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.), como documento y marco referencial para la implementación de Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo por parte de los empleadores.

Que asimismo por artículo 2º de la citada resolución se solicitó la cooperación de la OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO a fin de instrumentar las actividades pertinentes para que los empleadores adopten las disposiciones necesarias, para implementar Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo en sus empresas.

Que como resultado de dicha cooperación se elaboraron las 'Directrices Nacionales para los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo'.

Que el objetivo de estas directrices nacionales consiste en especificar los requisitos a los fines de la implementación de sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo, de forma de contribuir con la organización y protección de los trabajadores contra los peligros, las lesiones, enfermedades, dolencias, incidentes y muertes relacionadas con el trabajo.

Que la Subgerencia de Asuntos Legales de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE:

Artículo 1º

Aprobar las 'Directrices Nacionales para los sistemas de gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo' que como Anexos A y B se agregan a la presente resolución.

Art. 2º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Héctor O. Verón.

ANEXO A Indice Prólogo 1. Objeto y alcance 2. Publicaciones de Referencia 3. El sistema de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo en la organización Política 3.1. Política en materia de seguridad y salud en el trabajo 3.2. Participación de los trabajadores Organización 3.3. Responsabilidad y obligación de rendir cuentas 3.4. Competencia y capacitación 3.5. Documentación del sistema de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo 3.6. Comunicación Planificación y aplicación 3.7. Examen inicial 3.8. Planificación, desarrollo y aplicación del sistema 3.9. Objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo 3.10. Prevención de los peligros 3.10.1. Medidas de prevención y control 3.10.2. Gestión del cambio 3.10.3. Prevención, preparación y respuesta respecto de situaciones de emergencia 3.10.4. Adquisiciones 3.10.5. Contratación Evaluación 3.11. Supervisión y medición de los resultados 3.12. Investigación de las lesiones, enfermedades, dolencias e incidentes relacionados con el trabajo y su efecto en la seguridad y la salud 3.13. Auditoría 3.14. Examen realizado por la dirección Acción en pro de mejoras 3.15. Acción preventiva y correctiva 3.16. Mejora continua Glosario Bibliografía Créditos: Lista de participantes del Proyecto 'SRT - ILO OSH 2001' Anexos PROLOGO El objeto del proyecto 'SRT ILO OSH 2001' es la implementación de Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) por parte de los empleadores, según las Directrices de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) 'ILO OSH 2001' que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) adoptó mediante una resolución específica (Res. S.R.T. Nº 103/05).

A tales efectos se firmó una Declaración de reconocimiento y cooperación, el 28 de abril de 2005, entre SafeWork de OIT; el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo; y a posteriori se elevó Nota SRT 150/05 de fecha 16 de mayo de 2005 a la OIT especificando los contenidos del proyecto SRT ILO OSH 2001 y el alcance de la cooperación solicitada.

En este contexto, consultores designados por OIT han brindado asistencia técnica a la S.R.T. para la elaboración de las Directrices Nacionales relativas a Sistemas de Gestión de la SST.

Las Directrices Nacionales relativas a Sistemas de Gestión de la SST, elaboradas por la S.R.T., son un conjunto de especificaciones y orientaciones para la implementación de estos sistemas.

Como paso previo a la presentación de estas directrices, una serie de reflexiones iniciales:

La implementación de Sistemas de Gestión de la SST por parte de los empleadores:

· es de aplicación voluntaria, es decir, la autoridad nacional no obliga al empleador a implementar estos sistemas;

· no tienen por objeto sustituir ni las leyes o reglamentos nacionales ni las normas vigentes.

Debido al enfoque sistemático que requiere la gestión de la SST, los elementos, cláusulas, requisitos y especificaciones contenidas en las directrices nacionales deben ser implementados en su totalidad, teniendo en cuenta las condiciones y la práctica nacional.

Para asegurar la coherencia entre las directrices de la OIT, las directrices nacionales y las directrices específicas que se elaboren en un futuro (por ejemplo, para el sector de la construcción y otros), 'LUHFWULFHV 1DFLRQDOHV V REUH ORV 6LVWHPDV GH *HVWLyQG H OD 6HJXULGDG \ OD 6DOXG HQ HO 7UDEDMR6

3UHSDUDGR SRU 6XEJHUHQFLD GH 3UHYHQFLyQ *UXSR GH 7UDEDMR 3UR\HFWR ³657 ± ,/2 26+ ´

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.136 18Martes 17 de abril de 2007

las presentes directrices (nacionales) poseen la suficiente flexibilidad para permitir la aplicación directa (mediante tres etapas básicas) y la aplicación específica en el nivel y tamaño de la organización (en este caso para las PYMES).

Dado que la aplicación del modelo propuesto por OIT no exige certificación, se propone la elaboración de un esquema de reconocimiento para el empleador e incentivos por parte de la autoridad nacional, previa auditoría.

Las presentes directrices nacionales, que hoy presentamos, se elaboraron pensando en poder ayudar a las organizaciones en la implementación de Sistemas de Gestión de la SST.

  1. OBJETO Y ALCANCE Estas Directrices Nacionales especifican los requisitos para implementar Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, de forma de contribuir con la organización a proteger a los trabajadores contra los peligros y a eliminar las lesiones, enfermedades, dolencias, incidentes y muertes relacionadas con el trabajo.

    Asimismo, estas directrices:

    1. facilitan orientación sobre la integración de los elementos del sistema de gestión de la SST en la organización como un componente de las disposiciones en materia de política y de gestión;

    2. proponen motivar a todos los miembros de la organización, y en particular a los empleadores, a los propietarios, al personal de dirección, a los trabajadores y a sus representantes, para que apliquen los principios y métodos adecuados de gestión de la SST para la mejora continua de los resultados de la SST;

    3. fortalecen el desarrollo de iniciativas voluntarias, a fin y con efecto de reforzar el cumplimiento de los reglamentos y normas con vistas a la mejora continua de los resultados de la SST;

    4. brindan orientación sobre sistemas de gestión de la SST a fin de responder de modo apropiado a las necesidades reales de las organizaciones, de acuerdo con su tamaño y la naturaleza de sus actividades.

      Estas Directrices Nacionales son aplicables a cualquier organización que desee:

    5. establecer un sistema de gestión de SST para eliminar o minimizar el riesgo a los empleados y otras partes interesadas, que puedan estar expuestas a los riesgos de SST asociados con sus actividades;

    6. implementar, mantener y mejorar continuamente su sistema de gestión de SST;

    7. asegurarse a sí misma de la conformidad con su política de SST;

    8. demostrar la conformidad a otros;

    9. buscar el reconocimiento de su sistema de gestión de SST por una organización externa acreditada para el efecto; o

    10. hacer su propia determinación y declaración de conformidad con estas directrices.

      Todos los requisitos en estas Directrices Nacionales consideran cualquier sistema de gestión de SST. La magnitud o alcance de la aplicación dependerá de los factores contenidos en la política de SST de la organización, la naturaleza de sus actividades y los riesgos y complejidad de sus operaciones.

      Es la intención y propósito de estas Directrices Nacionales, priorizar la seguridad y salud en el trabajo, garantizando el uso de productos seguros.

  2. PUBLICACIONES DE REFERENCIA Otras publicaciones que proporcionan información o que sirvieron de guía están listadas en la Bibliografía. Es aconsejable consultar la última edición de tales publicaciones.

    Específicamente, se hace referencia a:

    - ILO OSH 2001: Directrices relativas a los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

  3. EL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO 3.0 Requisitos generales Las recomendaciones de las Directrices ILO OSH 2001 se constituyen en estas Directrices Nacionales como requisitos y especificaciones para que los mismos resulten auditables.

    La seguridad y la salud en el trabajo...

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