Resolucion 117/2007 -sla

Fecha de disposición18 Mayo 2007
Fecha de publicación18 Mayo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31158

Que la Empresa NUECOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 3070794259-9) es titular de Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones y registro a su nombre de los servicios de Telefonía Pública y Reventa de Servicios de Telecomunicaciones otorgada mediante Resolución Nº 287 de fecha 26 de diciembre de 2002 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que se han expedido las áreas técnicas pertinentes de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, cuyos dictámenes dan cuenta del cumplimiento, por parte de la Empresa NUECOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 3070794259-9) de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el registro de nuevos servicios de telecomunicaciones.

Que en virtud de lo dispuesto en el Reglamento citado precedentemente, corresponde el registro a nombre de la Licenciataria, de los servicios de Telefonía Local y Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Regístrese a nombre de la Empresa NUECOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70794259-9), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4.

del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, los servicios de Telefonía Local y Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Art. 2º

Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de ProcedimientosAdministrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto Nº 1759/72 (t.o. Decreto Nº 1883/91).

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas.

Secretaría Legal y Administrativa MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Resolución 117/2007

Asígnanse funciones inherentes a la dirección regional del Proyecto de Cooperación Técnica y Financiera de Apoyo al Monitoreo Macroeconómico del Mercosur.

Bs. As.. 15/5/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0028812/2007 del...

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