Resolución Sintetizada 8/2022

Fecha de publicación07 Enero 2022
SecciónResoluciones Sintetizadas
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN


SINTESIS: RESOL-2022-8-APN-SSN#MEC Fecha: 05/01/2022

Visto el EX-2021-122642137-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Apruébanse con Carácter General las Condiciones Contractuales del “Seguro de Vida Colectivo” que como Anexo I (IF-2021-122666583-APN-GTYN#SSN) integra la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse con Carácter General las Condiciones Contractuales del “Seguro de Vida Individual Anual Renovable” que como ANEXO II (IF-2021-122667027-APN-GTYN#SSN) integra la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Las entidades aseguradoras que opten por operar con las condiciones contractuales de carácter general autorizadas por la presente Resolución, deberán remitir la Nota Técnica de la cobertura básica y cláusulas adicionales a comercializar para su autorización. Las mismas deberán ajustarse a los parámetros definidos en las resoluciones de pautas mínimas aplicables.

La presentación deberá incluir los elementos detallados en el Punto 23.2.1.2. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), exceptuando Condiciones Contractuales y Opinión Letrada.

En caso de que se presenten modificaciones a las condiciones contractuales establecidas en la presente Resolución, se deberá proceder de acuerdo lo previsto en el Punto 23.4.1. del citado Reglamento.

ARTÍCULO 4°.- Deberán remitirse...

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