Resolución Sintetizada 585.
Fecha de disposición | 04 Diciembre 2017 |
Fecha de publicación | 04 Diciembre 2017 |
Sección | Resoluciones Sintetizadas |
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 585/2017
ACTA N° 1503
Expediente ENRE N° 37.193/2012
Buenos Aires, 30/11/2017
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: Sancionar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) por incumplimiento del Artículo 25 Incisos x) e y) de su Contrato de Concesión, del punto 5.5.1 del Subanexo 4 de dicho Contrato y a las Resoluciones ENRE N° 2/1998 y N° 184/2000; en el semestre 33 de la Etapa 2 comprendido entre septiembre de 2012 a febrero de 2013, respecto al relevamiento y procesamiento de los datos que permiten evaluar la Calidad del Producto Técnico -Perturbaciones- con una multa de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON VEINTITRÉS CENTAVOS ($ 234.615,23). 2.- La suma de PESOS CIENTO SETENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 170.299,54), correspondiente a la multa establecida en el Artículo 1 de este Acto, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta abierta según la Resolución ENRE N° 171, dictada el 15 de marzo del año 2000 y acreditarla oportunamente a los "usuarios activos" en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución. 3.- La suma restante de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS QUINCE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 64.315,69), correspondiente a la multa establecida en el Artículo 1 de este Acto, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. 4.- Sancionar a EDENOR S.A. por incumplimiento del Artículo 25 Incisos x) e y) de su Contrato de Concesión, del punto 5.5.1 del Subanexo 4 de dicho Contrato y a las Resoluciones ENRE N° 2/1998 y N° 184/2000; en el semestre 34 de la Etapa 2 comprendido entre marzo de 2013 y agosto de 2013, respecto al relevamiento y procesamiento de los datos que permiten evaluar la Calidad del Producto Técnico -Perturbaciones- con una multa de pesos SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 627.935,99). 5.- La suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON OCHO CENTAVOS ($ 436.775,08) correspondiente a la multa establecida en el Artículo 4 de este Acto, deberá ser depositada en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos en la cuenta abierta según la Resolución ENRE N° 171, dictada el 15 de marzo del año 2000 y acreditarlo oportunamente a los "usuarios activos" en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución. 6.- La suma restante de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA CON NOVENTA Y UN CENTAVOS ($ 191.160,91) correspondiente a la multa establecida en el Artículo 4 de este Acto, deberá ser...
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