Resolución Sintetizada 3891/2019

Fecha de publicación23 Septiembre 2019
SecciónResoluciones Sintetizadas
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


RESOL-2019-3891-APN-ENACOM#JGM FECHA 17/09/2019 ACTA 52

EX-2018-63984264-APN-DNSA#ENACOM

El directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de concurso de oposición, tendiente a la regularización del Permiso Precario y Provisorio correspondiente a la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, denominada “FM PARQUE VIDA”, en la frecuencia de 105.9 MHz., de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 2.- Dar por concluidos los trámites de oposición documentados bajo EX-2018-67358226- APN-DNSA#ENACOM, por los motivos expresados en los considerandos de la presente. 3.- Adjudicar a la firma RED CRISTIANA DE DIFUSIÓN NUEVA VIDA S.A. integrada por las señoras María Nieves MONTENEGRO y Carolina Elena SIVANTO una licencia para el funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 105.9 MHz., canal 290, en el domicilio de planta transmisora sito en la calle Agaces Nº 270/272 y estudios sito en la calle Agaces Nº 287 Planta Baja, ambos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. 4.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, a partir de habilitación definitiva del servicio. 5.- Constituye condición esencial de la adjudicación efectuada en el Artículo 3° que las emisiones se realicen asegurando la compatibilidad técnica con aquéllos servicios que han sido asignados; dichos parámetros técnicos deberán asegurar la compatibilidad electromagnética con las condiciones impuestas por el resultado de los procesos de coordinación internacional y el correcto funcionamiento en forma armónica con los restantes licenciatarios. 6.- Establecer que el presente acto administrativo podrá ser revocado por contrario imperio si dentro del plazo de 90 días computados desde su dictado se constatara que el servicio licenciatario se encuentra provocando interferencias. 7.- Dentro de los 90 días de cumplido el plazo previsto en el Artículo que...

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