Resolución Sintetizada 36.

Fecha de disposición09 Abril 2019
Fecha de publicación09 Abril 2019
SecciónResoluciones Sintetizadas

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 36/2019

EX-2018-58247570-APN-SD#ENRE y Expediente ENRE N° 50550/2018

Buenos Aires, 28 DE MARZO DE 2019

El Responsable del Área de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CHUBUT (DGSP), en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 9.724,77) correspondientes a los meses de mayo y junio de 2017, por incumplimiento de lo dispuesto en el Punto 3 del Anexo 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la exSecretaría de Energía N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias), cuyo detalle, duración y monto de descuento se efectúa en los Anexos IF-2018-57616365-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-57615545-APN-DTEE#ENRE y IF-2018-57615329-APN-DTEE#ENRE adjuntos al presente acto. 2.- Instruir a CAMMESA a fin que, sobre la base de lo indicado en los considerandos precedentes, se abstenga de efectuar el descuento de la sanción aplicada por el artículo 1. 3.- Notifíquese a CAMMESA y a la DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE CHUBUT (DGSP) con copia de la presente. Hágase saber que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR