Resolución Sintetizada 3408-E.

Fecha de disposición13 Noviembre 2017
Fecha de publicación13 Noviembre 2017
SecciónResoluciones Sintetizadas

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 3408-E/2017

RESOL-2017-3408-APN-ENACOM#MM - Fecha: 27/10/2017 - ACTA 25

EXPENACOM 12996/2017

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Establecer que los prestadores del Servicio de Radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico que cuenten con más de 10.000 accesos deberán presentar con carácter de Declaración Jurada, la información requerida sobre la prestación de sus servicios dentro del módulo "Indicadores" de la Plataforma de Servicios Web, accesible en la página web institucional de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. 2.- RÉGIMEN SIMPLIFICADO. Establecer que los prestadores que cuenten con 10.000 accesos o menos, deberán presentar con carácter de Declaración Jurada, la información requerida sobre la prestación de sus servicios dentro del módulo "Indicadores" de la Plataforma de Servicios Web, accesible en la página web institucional de este Organismo. 3.- Establecer que los prestadores obligados por Artículos 1° y 2°, deberán respetar el cronograma de presentación aprobado como Anexo IF-2017-23756537-APN-DNDCRYS#ENACOM que es parte integrante de la presente. 4.- Establecer que a partir de la publicación de la presente Resolución, con periodicidad mensual y dentro de los primeros CINCO (5) días hábiles de cada mes, los Prestadores del Servicio de Radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico, deberán ingresar la información vinculada con los planes, precios, condiciones comerciales y promociones de los servicios que prestan, a través del módulo "Precios y Planes" de la Plataforma de Servicios WEB, accesible en la página web institucional de este Organismo. La información requerida debe corresponder a los precios y/o planes vigentes al primer día del mes en el cual se efectiviza la presentación, con los valores correspondientes a dicha fecha. 5.- Disponer que, a los efectos de la obligación formal de la presentación de información estadística solicitada en la presente, los prestadores que brinden más de un servicio deberán encuadrarse en la segmentación prevista para cada uno, de manera independiente. Respecto de la...

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