Resolución Sintetizada 319/2019

Fecha de publicación21 Noviembre 2019
SecciónResoluciones Sintetizadas
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD


ACTA N° 1594

Expediente ENRE N° 50.989/2017 (EX -2018-3658730-APN-SD#ENRE)

Buenos Aires, 19 DE NOVIEMBRE DE 2019

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) por incumplimientos a lo establecido en los artículos 4 y 5 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 2/1998, en las Notas ENRE N° 25.909 y N° 36.758, en las Tablas y observaciones del ANEXO a la mencionada resolución, en los artículos del Reglamento de Suministro, en los Puntos 4 y 5.5.3 del Subanexo 4 y en el artículo 25 incisos x) e y) de su Contrato de Concesión, verificados en el Semestre 43 (correspondiente al período comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 y el 28 de febrero de 2018), con una multa en pesos equivalente a VEINTIDÓS MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA KILOVATIOS HORA (22.184.860 kWh), calculada como se detalla en el punto C-1 del Informe Técnico digitalizado como IF-2018-65471472-APN-DDCEE#ENRE, con fundamento en el Punto 5.5.3 del Subanexo 4, valorizados de conformidad con la instrucción contenida en la Nota ENRE N° 125.248 y su aclaratoria, la Nota ENRE N° 129.062 y a la fecha del dictado del presente acto. 2.- El importe de la multa establecida en el artículo 1 de esta resolución deberá ser depositado dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de su notificación, en la cuenta corriente ENRE Nº 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. 3.- EDESUR S.A. deberá entregar al ENRE copia firmada por representante o apoderado de la distribuidora de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo 2, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos contados a partir de efectuado el mismo. 4.- Notifíquese a EDESUR S.A. junto con el IF-2018-65471472-APN-DDCEE#ENRE, y hágase saber que: a) se otorga vista del expediente del Visto, por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; b) la presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la...

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