Resolución Sintetizada 2864/2019

Fecha de publicación26 Julio 2019
SecciónResoluciones Sintetizadas
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


RESOL-2019-2864-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/07/2019

EX-2019-53730564-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Tener por desistida la solicitud de licencia para la prestación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia efectuada por el señor Bruno Antonio DE TRANQUILLI para la localidad de SANTA FE, provincia homónima. 2.- Adjudicar a los solicitantes consignados en el Anexo 1 licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, conforme los parámetros técnicos allí consignados. 3.- El plazo de las licencias abarcará un período de 15 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de los licenciatarios, por los plazos y en las condiciones previstas. 4.- Otorgar un plazo de 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que los licenciatarios envíen la documentación técnica exigida. 5.- Los montos de la garantía de cumplimiento de contrato, deberán constituirse en alguna de las modalidades previstas, dentro de los 30 días corridos de publicada la presente. 6.- Establecer que dentro de los 365 días corridos de publicada la presente, las estaciones deberán estar instaladas acorde con los proyectos aprobados e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 7.- Los licenciatarios asumirán la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura...

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