Resolución Sintetizada 267/2021
Fecha de publicación | 17 Agosto 2021 |
Sección | Resoluciones Sintetizadas |
Emisor | ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD |
ACTA N° 1708
Expediente ENRE N° EX-2021-08901181-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 12 DE AGOSTO DE 2021
La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Crear la “Base de Datos para el Seguimiento de Cortes” con el objeto de evaluar la respuesta técnica y operativa que las distribuidoras brinden a los reclamos iniciados por las personas usuarias por de Falta de Suministro, a los efectos de darles una rápida asistencia y seguimiento, procurando el restablecimiento eficaz del servicio, con prioridad de solución a los reclamos generados por aquellas personas usuarias que se encuentren identificadas como Electrodependientes por Cuestiones de Salud. 2.- Aprobar el PROCEDIMIENTO PARA LAS EMPRESAS EDENOR S.A. Y EDESUR S.A. SOBRE LA GESTIÓN DE RECLAMOS DE USUARIOS POR FALTA DE SUMINISTRO que como Anexo (IF-2021-70410644-APN-DIT#ENRE) integra la presente medida. 3.- Establecer que la “Base de Datos para el Seguimiento de Cortes” creada en el artículo 1 estará compuesta por la información contenida en la Base de Reclamos por Falta de Suministro, los reclamos presentados y a presentar por las personas usuarias ante las distribuidoras por falta de suministro y aquellos reclamos que se encuentran en la actual Base Falta de Suministro Usuarios Electrodependientes (BFSUED), que será absorbida por nueva la “Base de Datos para el Seguimiento de Cortes” creada. 4.- Modificar el Anexo (IF-2018-16110208-APN-SD#ENRE) aprobado en el artículo 1 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 112 de fecha 12 de abril de 2018, y donde dice: “Base Falta de Suministro UED (BFSUED)” deberá decir: “Base de Datos para el Seguimiento de Cortes” manteniendo el procedimiento allí descripto y aplicándose el régimen sancionatorio establecido en la presente. 5.- Instruir a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) a completar y dar seguimiento a la “Base de Datos para el Seguimiento de Cortes” cuyo procedimiento se aprueba en artículo 2 del presente acto y que forma parte integrante de la presente resolución como Anexo (IF-2021-70410644-APN-DIT#ENRE). 6.- Hacer saber que la presente resolución comprende DOS (2) fases de implementación. La fase 1 denominada “de implementación y puesta en servicio del procedimiento”, que tendrá una duración de DIEZ (10) días corridos desde la entrada en vigencia de la presente resolución; y la Fase 2...
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