Resolución Sintetizada 2247/2019

Fecha de publicación03 Junio 2019
SecciónResoluciones Sintetizadas
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


RESOL-2019-2247-APN-ENACOM#JGM FECHA 30/5/2019 ACTA 47

EX-2019-22501930-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Adjudicar a los solicitantes consignados en el Anexo 1, licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, conforme los parámetros técnicos allí consignados. 2º.- El plazo de las licencias abarcará un período de 15 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de los licenciatarios. 3.- Otorgar un plazo de 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que los licenciatarios envíen la documentación técnica correspondiente. 4.- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato, que se encuentran consignados en el Anexo 1, deberá constituirse, dentro de los 30 días corridos de publicada la presente. 5.- Establecer que dentro de los 365 días corridos de publicada la presente, las estaciones deberán estar instaladas acorde con los proyectos aprobados e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo. 6.- Los licenciatarios asumirán la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las...

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