Resolución Sintetizada 1647/2019

Fecha de publicación22 Abril 2019
SecciónResoluciones Sintetizadas
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


RESOL-2019-1647-APN-ENACOM#JGM Fecha 16/04/2019 ACTA 44

EX-2018-63504866-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de concurso de oposición, tendientes a la regularización del Permiso Precario y Provisorio asentado en el Registro Decreto N° 1.357/89, bajo el N° 877, correspondiente a la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, denominada “FM ALSINA”, en la frecuencia de 92.3 MHz., de la localidad de LANÚS OESTE, provincia de BUENOS AIRES. 2.- Adjudicar a la señora Rocío Concepción RODRIGUEZ, una Licencia para el funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 92.3 MHZ., canal 222, en el domicilio de planta transmisora y estudios sito en la Av. Hipólito Yrigoyen N° 2326, de la localidad de LANÚS OESTE, provincia de BUENOS AIRES, conforme a los parámetros técnicos, frecuencia, localización y titular indicado en su declaración efectuada al tiempo de la solicitud de reinscripción y trámites de autorización culminados con posterioridad, en consonancia con lo establecido en el Artículo 6° de la RESOL-2018-4951-APN-ENACOM#MM. 3.- El plazo de la Licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, computados de conformidad con el Artículo 6° de la presente, a partir de habilitación definitiva del servicio, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario, por los plazos y en las condiciones previstas por el Artículo 40 de la Ley Nº 26.522, en la redacción que acuerda el Decreto Nº 267/15. 4.- Constituye condición esencial de la adjudicación efectuada en el Artículo 2° que las emisiones se realicen asegurando la compatibilidad técnica con aquéllos servicios que han sido asignados mediante Decretos o Resoluciones según la Normativa Técnica del Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia aprobada por Resolución N° 142-SC/96; dichos parámetros técnicos deberán asegurar la compatibilidad electromagnética con las condiciones impuestas por el resultado de los procesos de coordinación...

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