Resolución Sintetizada 118.

Fecha de disposición25 Abril 2018
Fecha de publicación25 Abril 2018
SecciónResoluciones Sintetizadas

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 118/2018

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Instruir a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) a calcular y abonar un resarcimiento a los usuarios residenciales (tarifa T1R) por cada una de las interrupciones que los hayan afectado, iniciadas en el período comprendido entre el 8 y el 12 de abril de 2017 (CINCO -5- días), en el período comprendido entre el 28 de mayo y el 12 de junio de 2017 (DIECISÉIS -16- días) y en el comprendido entre el 17 y el 22 de junio de 2017 (SEIS -6- días), con reposición de suministro de energía eléctrica durante o posterior al período en cuestión y cuya duración resulte mayor o igual al límite de VEINTE (20) horas, por haberse verificado más de SETENTA MIL (70.000) usuarios afectados en cada uno de los días de los períodos mencionados, configurándose los mismos como Afectación Extraordinaria de la Prestación del Servicio en los términos del punto 3.3 del Subanexo 4 de su Contrato de Concesión. 2.- EDENOR S.A. deberá calcular el monto del resarcimiento por interrupción para usuarios residenciales en los términos definidos en el punto 3.3.2 del Subanexo 4 de su Contrato de Concesión de la siguiente manera: a) Para interrupciones de duración mayor o igual a VEINTE (20) horas y hasta VEINTICUATRO (24) horas inclusive, el monto de resarcimiento base será de PESOS SEISCIENTOS TREINTA ($ 630); b) Para aquellas interrupciones de duración superior a las VEINTICUATRO (24) horas y hasta las CUARENTA Y OCHO (48) horas inclusive, el monto del resarcimiento base a reconocer será de PESOS UN MIL CINCUENTA ($ 1.050) y c) Para las interrupciones de duración superior a las CUARENTA Y OCHO (48) horas, el valor del resarcimiento base será de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA ($ 1.470). El monto del resarcimiento total para cada usuario resultará de la suma de los resarcimientos que le correspondan por cada interrupción que lo haya afectado y cuya duración resulte comprendida en alguno de los períodos mencionados. 3.- El resarcimiento dispuesto en el presente acto lo es sin perjuicio de instruir los procedimientos y aplicar las sanciones que eventualmente pudieran corresponder a EDENOR S.A. también por otros incumplimientos en que hubiere incurrido durante los eventos a que se refiere esta resolución, así como de los reclamos que los usuarios puedan realizar por los daños...

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