Resolución - Simple N° 419 - APRA/2023, 04/01/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 419/APRA/22
Buenos Aires, 26 de diciembre de 2022
VISTO: La Constitución Nacional, La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(texto consolidado por Ley N° 6.347), las Leyes Nros. 1.218, 2.214 y 2.628 (textos
consolidados según Ley N° 6.347), la Ordenanza N° 36.352, los Decretos Nros.
8.151/80, 2.020/07 y 497/19, la Resolución N° 81-GCABA-APRA/20, Disposiciones
Nros. 1556- DGEVA/18, 2243- DGEVA3278-GCABA-DGEVA/18 y 194-DGEVA/19 y
los Expedientes Electrónicos Nro. EX-2016-17830543- -MGEYA-DGCONTA y EX-
2018-26794818- - MGEYA-APRA y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico interpuesto por el Sr.
LUIS ALBERTO RIVARA, teniendo por constituido su domicilio legal en la Avenida
Rivadavia N° 2.890, 2° Piso, Oficina N° 109, de esta Ciudad, contra la intimación
obrante en Informe N° IF-2018-21103792-DGEVA de fecha 3 de agosto de 2018, a fin
de que cumpla con la Inscripción en el Registro de Generadores, Operadores y
Transportistas de Residuos Peligrosos en calidad de Generador;
Que la Dirección General de Evaluación Ambiental se expidió por Disposición N° DI-
2018-3278-GCABA-DGEVA de fecha 6 de diciembre de 2018, con respecto al recurso
de reconsideración interpuesto por el administrado contra la intimación que se le
cursara, rechazando la solicitud por los motivos allí expuestos;
Que conforme surge del Artículo Nº 112 de la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley Nº 6.347): “El
recurso jerárquico procederá contra todo acto administrativo definitivo o que impida
totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado. No será necesario
haber deducido previamente recurso de reconsideración; si se lo hubiere hecho, no
será indispensable fundar nuevamente el jerárquico...”;
Que por Expediente Electrónico Nº EX-2016-17830543- -MGEYA-DGCONTA y
mediante Disposición N ° DI-2018-2243- DGEVA se otorgó la renovación de la
Inscripción en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Desinfestación y
Desinfección, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 36.352/80 y Decreto
Reglamentario Nº 8.151/80, a nombre del Sr. LUIS ALBERTO RIVARA, CUIT 20-
12454269-4, que gira bajo la denominación de fantasía “COMPAÑÍA FUMIGADORA
DEL PLATA”, con domicilio en la Avenida Rivadavia N° 2.890, 2° Piso, Oficina N° 109,
de esta Ciudad;
Que en virtud del trámite de Renovación, se dio intervención a la Gerencia Operativa
de Calidad Ambiental a fin de evaluar la Memoria Técnica presentada por el
recurrente, concluyendo mediante Informe N° IF-2018-21103792- -DGEVA que
corresponde cumplir con la obligación de iniciar el trámite de inscripción como
generador en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos
Peligrosos;
Que ello, motivó la presentación obrante en los Registros N° RE-2018-26795066- -
APRA y N° RE-2018-26795338- -APRA;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6533 - 04/01/2023

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