Resolución - Simple N° 36 - APRA/2023, 13/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 36/APRA/23
Buenos Aires, 2 de marzo de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 70, 2.628 y 6.292 (textos consolidados según Ley Nº 6.588),
los Decretos Nros. 2045/93, 433/16, 344/18, 463/19 y 497/19, la Resolución N° 81-
GCABA-APRA/20, el Expediente Electrónico N° EX-2019-10107215- -GCABA-APRA,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.628 (se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad
autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la
planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la
política ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 10° de la Ley de Ministerios6.292, contempla entre las Secretarías
del Poder Ejecutivo a la Secretaria de Ambiente;
Que el Decreto N°463/19 aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
como organismo fuera de nivel de la Secretaría mencionada a la Agencia de
Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el inciso a) del artículo 8º de la mencionada Ley, establece entre las funciones de
la Presidencia la de...aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y
reglamentarias que rigen la actividad de la Agencia...;
Que oportunamente, el artículo 6° del Anexo I del Decreto N° 2045/93, creó el Registro
de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfección de Tanques de
Agua Potable, y el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Limpieza
y Desinfección de Tanques de Agua Potable;
Que el artículo 6° del Decreto N° 344/18, con motivo de darle mayor celeridad y
eficacia a los trámites administrativos, derogó el referido registro;
Que el Decreto N° 433/16, establece los niveles de decisión y cuadro de competencias
complementarias correspondientes a los actos de ejecución presupuestaria para las
Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad, de acuerdo al artículo 4°
de la Ley N° 70;
Que el punto 3 del Anexo I del referido Decreto, establece que la competencia para
autorizar devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas por un monto de hasta
$500.000 corresponde a la Subsecretaria de Gestión y Administración Económica
(actualmente Subsecretaria de Hacienda) del Ministerio de Economía y Finanzas
(actualmente Ministerio de Hacienda y Finanzas);
Que por el Expediente Electrónico N° EX-2019-10107215- -GCABA-APRA, el Sr.
Berardi Salvador Manuel Abel, DNI 8.586.760, solicitó la devolución de la suma que
asciende a un total de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100
($ 5.840,00), correspondiente a los importes abonados en concepto de veintiséis (73)
obleas de Desinfección y Desinfestación, no utilizados atento a que ambos registros
dejaron de estar en vigencia;
Que la Dirección General de Tesorería dependiente de la Subsecretaría de Hacienda
del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante informe N° IF-2019-32987248-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6579 - 13/03/2023

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