Resolución - Simple N° 338 - SAGYP/2023, 24/07/2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.° 338/SAGYP/23
Buenos Aires, 18 de julio de 2023
VISTO: El TEA A-01-00027042-9/2022 caratulado "D.G.C.C. S/ IMPREMENTACIÓN
DE SOLUCIÓN DE TELEFONIA IP Y CENTRO DE CONTACTOS IP” y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SAGyP Nº 11/2023 se aprobó el procedimiento llevado a
cabo en la Licitación Pública N° 2-0029-LPU22, que tiene por objeto la contratación e
implementación de una solución de telefonía IP basada en la nube para el Contact
Center del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se
adjudicó a la firma OCP TECH S.A. (CUIT 30-70714639-3), por la suma total de
dólares estadounidenses quinientos catorce mil ciento sesenta y nueve (US$ 514.169.-
). Asimismo, la contratación referida se formalizó mediante la Orden de Compra 2-
0004-OC23, notificada a la adjudicataria el día 17 de enero del año 2023.
Que durante la relación contractual, este Consejo de la Magistratura junto a la firma
adjudicataria, con la conformidad del área técnica requirente, decidieron conveniente
suscribir un Acta Acuerdo, a través de la cual se adecuaba parcialmente la
documentación contractual que forma parte de la Licitación Pública N° 2-0029-LPU22,
aprobado oportunamente por Resolución SAGyP N° 513/2022 (v. Adjuntos 62621/23 y
62632/23).
Que en tal entendimiento, la Dirección General de Compras y Contrataciones tomó
intervención como Unidad Operativa de Adquisiciones, y elevó lo actuado a esta
Secretaría, (v. Memo DGCC 876/23).
Que requerida que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos
Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 12152/2023.
Que la Ley N° 6.302 al modificar la Ley N° 31 creó la Secretaría de Administración
General y Presupuesto y estableció dentro de sus funciones la de ejecutar, bajo el
control de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, el
presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cfr. inc.
4 del art. 27 de la Ley N° 31 –texto consolidado según Ley N° 6.588-) y la de realizar
las contrataciones de bienes y servicios (cfr. inc. 6 del art. 27 de la Ley N° 31 -texto
consolidado según Ley N° 6.588-).
Que sentado ello, debe señalarse que la contratación de marras se rige por las
disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588), la
Resolución CM N° 276/2020 y en la Ley de Procedimientos Administrativos –Decreto
1.510/97-.
Que por lo expuesto, conforme lo actuado por la Dirección General de Compras y
Contrataciones y en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Jurídicos, resulta oportuno aprobar el modelo de Acta Acuerdo que como Adjunto
88807/2023 formará parte de la presente Resolución, todo ello en el marco de la
Licitación Pública N° 2-0029-LPU22 (Orden de Compra 2-0004-OC23), y al amparo de
según Ley N° 6.588).
Que en consecuencia, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6667 - 24/07/2023
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