Resolucion 20/2008 - Sicpme

Fecha de disposición08 Febrero 2008
Fecha de publicación08 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31341

UNIDAD CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO V UNIDAD TESORERIA V UNIDAD COMPRAS, PATRIMONIO Y SUMINISTROS V DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION III UNIDAD DESARROLLO Y ORGANIZACION DEL PERSONAL V DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL UNIDAD RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACION III DIRECCION EDITORIAL III UNIDAD EDITORIAL V DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE Y DE COORDINACION III UNIDAD CONTABLE V UNIDAD COORDINACION V DIRECCION DE SISTEMAS INFORMATICOS III UNIDAD SISTEMAS INFORMATICOS V ANEXO II SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Reasignación Unidad Organizativa Nivel SUBSECRETARIA TECNICA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL I (NIVEL ANTERIOR: III) ANEXO III SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Derogaciones Unidad Organizativa Nivel SUBSECRETARIA TECNICA UNIDAD COORDINACION TECNICA IV DIRECCION DE ORGANIZACION ADMINISTRATIVA III UNIDAD ASISTENCIA FINANCIERA V Unidad Organizativa Nivel Comité Federal de Radiodifusión RADIODIFUSION Resolución 20/2008

Autorízase a la Escuela Secundaria Básica Nº 006, ubicada en la localidad de Salvador María, departamento de Lobos de la provincia de Buenos Aires, a la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia.

Bs. As., 6/2/2008

VISTO el Expediente Nº 0354-COMFER/2007, y CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita un pedido formulado por la Escuela Secundaria Básica Nº 006, ubicada en localidad de Salvador María, departamento Lobos de la provincia de Buenos Aires, tendiente a obtener autorización para instalar, operar y poner en funcionamiento una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia.

Que la mencionada escuela fundamenta su solicitud en que dicha emisora posibilitará la integración de los alumnos del citado establecimiento y de la comunidad educativa y/o local.

Que, por otra parte, la instalación del servicio de radiodifusión peticionado posibilitará el desarrollo cultural, educativo y comunicacional, contribuyendo no sólo al progreso de la comunidad educativa sino también a la del medio social en la que ésta se desenvuelve.

Que, asimismo, la instalación y funcionamiento de dicha emisora posibilitará la implementación de programas culturales y educativos para los niños, jóvenes y adultos de la comunidad, generando así un espacio con identidad propia que permita procesar y producir información local, especialmente educativa y cultural.

Que la Ley Nacional de Radiodifusión consagra entre sus objetivos principales que los servicios de radiodifusión deben colaborar con el enriquecimiento cultural de la población, propendiendo al respeto a la libertad, la solidaridad, la dignidad de las personas, los derechos humanos, y el afianzamiento de la democracia.

Que para contribuir al ejercicio del derecho del hombre a comunicarse, con sujeción a las normas de convivencia democrática, deviene necesario promover a través de los servicios de radiodifusión la participación de todos los habitantes del país para afianzar la unidad nacional y fortalecer el espíritu democrático y la esperanza en los destinos de la Nación Argentina.

Que el fiel cumplimiento de dicho mandato legal permitirá alcanzar no sólo el progreso de la comunidad educativa rural o de frontera sino también la del medio social en...

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