Resolucion 2/2008 - Sicpme

Fecha de disposición10 Enero 2008
Fecha de publicación10 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31320

Desígnase Interventor de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, organismo descentralizado de la Secretaría de Transporte del citado Ministerio.

Bs. As., 9/1/2008

VISTO el Expediente S01:0483712/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAYSERVICIOS, losDecretosNº 27defecha27demayode2003 y Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, y CONSIDERANDO:

Que el día 10 de diciembre de 2007 concluyó el mandato presidencial del Doctor Néstor Carlos KIRCHNER.

Que en atención a lo expuesto precedentemente,elDoctorDonPedroOCHOAROMERO(M.I.

Nº 8.454.294) ha presentado su renuncia al cargo de Interventor de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la cual ha sido aceptada mediante Resolución M.P.F.I.P.yS. Nº 1200 de fecha 7 de diciembre de 2007, a partir del día 10 de diciembre de ese mismo año.

Que corresponde designar al funcionario que ocupará el referido cargo durante la nueva gestión de gobierno.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase, a partir del 11 de diciembre de 2007, en el cargo de Interventor de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS al Doctor D. Antonio Eduardo SICARO (M.I. Nº 10.255.460).

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

--FERNANDEZDEKIRCHNER.--JulioM.DeVido.

RESOLUCIONES capacidadmenoroigualaSEISMILQUINIENTAS (6500) frigorías/hora; versión frío solo o frío-calor mediantelautilizacióndeválvulainversoradelciclo térmico:deparedoventana,formandounsolocuerpo, con dispositivo para modificar la temperatura delaire;deunidadesseparadas,tiposplit,ingresadas como un conjunto o por posiciones arancelarias separadas, formado por: una unidad interior o unidad evaporadora, compacta, prefabricada, sin equipodeenfriamiento,yunaunidadexteriorounidad condensadora, con compresor e intercambiador de calor, originarios del REINO DE TAILANDIA y MALASIA, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura ComúndelMERCOSUR(N.C.M.)8415.10.19.100, 8415.10.19.200,8415.10.19.310,8418.61.10.911, 8418.61.10.919,8418.61.10.921,8415.83.00.111, 8415.83.00.112, 8415.10.11.100, 8415.10.11.200 y8415.10.11.310.

losequiposacondicionadores de aire de capacidad menor o igual a SEIS MILQUINIENTAS(6500)frigorías/hora;versiónfrío solo o frío-calor mediante la utilización de válvula inversora del ciclo térmico: de pared o ventana, formandounsolocuerpo,condispositivoparamodificar la temperatura del aire; de unidades separadas, tipo split, ingresadas como un conjunto o por posiciones arancelarias separadas, formado por:unaunidadinteriorounidadevaporadora,compacta, prefabricada, sin equipo de enfriamiento, y una unidad exterior o unidad condensadora, con compresor e intercambiador de calor, fabricados por la industria nacional, se ajustan a la definición de producto similar al importado objeto de solicitud en el marco de las normas vigentes. Todo ello sin perjuicio de la profundización del análisis sobre producto que...

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