Resolucion 103/2007 - Sicpme

Fecha de disposición02 Octubre 2007
Fecha de publicación02 Octubre 2007
MateriaDerecho Penal,Derecho Fiscal
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31251

Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947) Buenos Aires, martes 2 de octubre de 2007

Año CXV Número 31.251

Precio $ 0,80

PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 538.103

DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO DELAREPUBLICA ARGENTINA Sumario Pág.

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RESOLUCIONES Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo PESCA Resolución 6/2007

Establécese un área de veda de primavera para la especie merluza en la Zona Común de Pesca.

Norma estableciendo un área de veda de primavera para la especie merluza (merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca Montevideo, 28/9/2007

VISTO:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi) mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de juveniles de dicha especie en la Zona Común de Pesca.

Considerando:

1) Que sobre la base de las investigaciones conjuntas realizadas dentro del marco del artículo 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, se ha comprobado sistemáticamente la presencia en la Zona Común de Pesca de un área de concentración de ejemplares juveniles de la especie merluza (Merluccius hubbsi).

2) Que es necesario proteger dichas concentraciones de juveniles para contribuir a la debida conservación y explotación del recurso.

Atento:

A lo dispuesto en los artículos 80 y 82 inciso

  1. del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo y en la Resolución 2/93 de esta Comisión,

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO RESUELVE:

Artículo 1º

Establecer un área de veda de primavera para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en el sector de la Zona Común de Pesca comprendido entre los siguientes puntos geográficos:

  1. 35°50'S - 53°50'W

  2. 35°50'S - 52°50'W

  3. 37°30'S - 55°00'W

  4. 37°30'S - 55°50'W quedando prohibida su captura, como así también el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies demersales. Podrán operar en dicha área aquellos buques que tengan como objetivo especies pelágicas y cuenten con un observador a bordo.

Art. 2º

Fijar la vigencia de la presente veda desde el 3 de octubre al 31 de diciembre de 2007 inclusive.

Art. 3º

Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.

Art. 4º

Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 5º

Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. -Alvaro Fernández. -- Arnoldo M. Listre.

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa COMERCIO EXTERIOR Resolución 103/2007

Declárase procedente la apertura de investigación relativa a la existencia de dumping en operaciones de exportación hacia la República Argentina, de bornes de conexión eléctrica para sección de cable hasta treinta y cinco milímetros cuadrados aptos para ser montados en riel DIN, originarias de la República Popular China y de la República Federal de Alemania.

Bs. As., 28/9/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0415431/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto la empresa productora nacional ZOLODA S.A. solicitó el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPUBLICAARGENTINA de bornes de conexión eléctrica para sección de cable de hasta TREINTA Y CINCO MILIMETROS CUADRADOS (35 mm2 ) aptos para ser montados en riel DIN, originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA y de la REPUBLICAFEDERAL DEALEMANIA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8536.90.90.

los `Bornes de conexión eléctrica para sección de cable de hasta 35 mm2 aptos para ser montados...

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