Resolucion 209/2007 -sicpme

Fecha de disposición18 Mayo 2007
Fecha de publicación18 Mayo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31158

Que la Empresa NUECOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 3070794259-9) es titular de Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones y registro a su nombre de los servicios de Telefonía Pública y Reventa de Servicios de Telecomunicaciones otorgada mediante Resolución Nº 287 de fecha 26 de diciembre de 2002 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que se han expedido las áreas técnicas pertinentes de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, cuyos dictámenes dan cuenta del cumplimiento, por parte de la Empresa NUECOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 3070794259-9) de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el registro de nuevos servicios de telecomunicaciones.

Que en virtud de lo dispuesto en el Reglamento citado precedentemente, corresponde el registro a nombre de la Licenciataria, de los servicios de Telefonía Local y Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Regístrese a nombre de la Empresa NUECOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70794259-9), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4.

del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, los servicios de Telefonía Local y Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Art. 2º

Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de ProcedimientosAdministrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto Nº 1759/72 (t.o. Decreto Nº 1883/91).

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas.

Secretaría Legal y Administrativa MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Resolución 117/2007

Asígnanse funciones inherentes a la dirección regional del Proyecto de Cooperación Técnica y Financiera de Apoyo al Monitoreo Macroeconómico del Mercosur.

Bs. As.. 15/5/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0028812/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que mediante el CONVENIO DE FINANCIACION Nº ALA/2006/18323 suscripto entre el GRUPO MERCADO COMUN del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la COMUNIDAD EUROPEA, representada por la Comisión de las Comunidades Europeas, en la Ciudad de Bruselas, REINO DE BELGICA, se convino que la comunidad financie el Proyecto de Cooperación Técnica y Financiera de Apoyo al Monitoreo Macroeconómico del MERCOSUR.

Que el objetivo de dicho proyecto es apoyar el proceso de integración regional del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) a través del desarrollo de un sistema armonizado en materia de estadísticas fiscales; monetarias y de balanza de pagos, y también mediante el impulso del diálogo macroeconómico entre los CUATRO (4) países integrantes del mismo (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL,

REPUBLICA DEL PARAGUAY, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY y REPUBLICA ARGENTINA).

Que los miembros del GRUPO MERCADO COMUN del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) acordaron delegar la ejecución del mencionado Proyecto en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, no eximiéndose en ningún...

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