Resolucion 673/2008 - Sg

Fecha de disposición03 Junio 2008
Fecha de publicación03 Junio 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31418

Créase el Registro Nacional de Organismos y Empresas Amigas de la Donación Voluntaria y Habitual de Sangre.

Bs. As., 28/5/2008

VISTO el Expediente Nº 1-2002-3455/08-6, del Registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 22.990 de Sangre, su Decreto Reglamentario Nº 1338 de fecha 30 de septiembre de 2004, la Resolución Nº 70 de fecha 28 de febrero de 2002 del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que con el dictado de la Ley Nº 22.990 se sentaron las bases para establecer el régimen normativo con alcance general, tendiente a regular las actividades relacionadas con la sangre humana, sus componentes y derivados.

Que en su artículo 13 establece que la Autoridad de Aplicación, en forma conjunta con las Autoridades Jurisdiccionales, fomentarán y apoyarán la donación de sangre humana mediante una constante labor de educación sanitaria sobre la población.

Que, de igual modo, alentarán la actitud de los donantes propiciando el reconocimiento de su acción, a través de actos que así lo testimonien.

Que el artículo 21 de la citada Ley establece las responsabilidades y funciones de la Autoridad de Aplicación, encontrándose en su inciso 5) la de promover campañas de motivación de los donantes de sangre.

Que el Sistema Nacional de Sangre, de acuerdo a su conformación actual, depende fundamentalmente de la donación de sangre de reposición por parte de los allegados a los pacientes que eventualmente podrían requerir sangre o sus componentes.

Que, sin dudas nos encontramos ante un modelo de donación menos seguro que aquél basado en la donación altruista, voluntaria y habitual.

Que, además, la modalidad de donación de sangre de reposición condiciona una baja disponibilidad de componentes sanguíneos, pudiendo poner en riesgo a los pacientes que los requieren en situaciones de emergencia.

Que el artículo 15 del Decreto Reglamentario Nº 1338/04, dispone que los establecimientos legalmente habilitados para la atención de donantes por las Autoridades Jurisdiccionales pertinentes, podrán realizar las actividades relacionadas con el acto de donación a través de colectas externas de sangre.

Que el Plan Regional de Acción para la Seguridad de las Transfusiones 2006-2010 de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) al cual este Ministerio suscribe, enfoca la donación voluntaria de sangre desde la perspectiva de la responsabilidad social.

Que, dicho Plan propicia la sensibilización de las personas permitiendo, en las empresas y organismos, desarrollar programas de colectas institucionales de sangre.

Que la implementación de tales colectas por parte de los bancos de sangre habilitados cuentan con una amplia aceptación de la comunidad, demostrada por las actividades que se realizan en este sentido, fomentadas por los Programas Nacional y Jurisdiccionales de Sangre.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º

Créase el Registro Nacional de Organismos y Empresas Amigas de la Donación Voluntaria y Habitual de Sangre.

Art. 2º

Podrán inscribirse en dicho Registro todas las Instituciones que realicen actividades de promoción de la donación de sangre y/o participen de programas de colectas institucionales de sangre.

Art. 3º

El MINISTERIO DE SALUD a través del Plan Nacional de Sangre le otorgará a las Instituciones incorporadas al Registro un CERTIFICADO DE INSTITUCION AMIGA DE LA DONACION VOLUNTARIA DE SANGRE, en reconocimiento al compromiso social evidenciado.

Art. 4º

El MINISTERIO DE SALUD publicará en su portal de internet la lista de Instituciones certificadas, manteniendo actualizado el ranking conformado por el puntaje correspondiente, según la categoría de actividad anexa, que cada institución incorporada al Registro, realizó.

Art. 5º

Regístrese, Publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. -María G. Ocaña.

ANEXO Categorías de actividades realizadas y puntaje otorgado I Información y promoción de la donación de sangre: permite el ingreso de promotores externos para realizar charlas informativas y convocatoria de donantes de sangre voluntarios y habituales, facilita la identificación de promotores comprometidos con el tema y nombra un administrador interno que se constituye en nexo con los bancos de sangre para coordinar las actividades a realizar. La incorporación en esta categoría otorga DOS (2) puntos por año, para el ranking.

II - Información y promoción de la donación de sangre, registro de donantes voluntarios: Se desarrollan las actividades mencionadas en la categoría I agregándose un registro de donantes voluntarios en la empresa. La incorporación en esta categoría otorga 3 (tres) puntos por año, para el ranking.

III - Información y promoción de la donación de sangre, registro de donantes voluntarios y colectas de donaciones voluntarias de sangre en la empresa: Se desarrollan las actividades mencionadas en las categorías anteriores agregándose la...

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