Resolucion 1423/2007 - Sg

Fecha de disposición15 Noviembre 2007
Fecha de publicación15 Noviembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31282

No hacer lugar a un recurso en grado de insistencia intentado contra la Disposición del Director Nacional de Gendarmería Nº 489/05.

Bs. As., 13/11/2007

VISTO el Expediente EXPGNA - S02:0000010/ 2007, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, y CONSIDERANDO:

Que el Comandante Mayor (R) de GENDARMERIA NACIONAL D. Rubén Adolfo CIPUZAK (M.I. 8.608.465), interpuso recurso en grado de insistencia contra la Resolución del señor Ministro del Interior Nº 2141, notificada el 21 de noviembre de 2006, mediante la cual se desestima el recurso en grado de insistencia intentado, contra la medida administrativa de carácter disciplinario, que le fuera impuesta por Disposición del señor Director Nacional de Gendarmería Nº 489/05, en el marco de la Información Militar Nº 02/04, expediente UR 4-0300/14.

Que los antecedentes del subexamen se encuentran suficientemente reseñados en los Dictámenes Nº 3972 del 11 de julio de 2006 y Nº 1435 del 13 de marzo de 2007, ambos de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la medida de la cual se agravia el causante, resultó impuesta por el señor Director Nacional de Gendarmería con fecha 3 de mayo de 2005, por la siguiente causal:

'Desprenderse de la Información Militar (Expediente UR 4-0300/14) que desempeñándose como Jefe del Servicio de Aviación, efectuó obras en dependencias de dicho elemento sin la debida autorización de la superioridad y sin respetar la normativa respectiva, posibilitando con ello reclamaciones patrimoniales de un particular, con el consiguiente perjuicio para el servicio, proceder que no condice con su condición de Oficial Superior de la Fuerza'.

Que la facultad de considerar la conducta del personal en el ámbito disciplinario militar por el superior sancionador, procede más allá del decisorio que recaiga en sede penal.

entablar recurso ante el superior que se la impuso a fin de que se deje sin efecto o se modifique la sanción'.

Que el recurso presentado por el Comandante Mayor (R) D. Rubén Adolfo CIPUZAK (M.I.

8.608.465), reúne los requisitos de procedencia formal, toda vez que se ha respetado la correspondiente vía jerárquica e interpuesto en los términos que establece el artículo 231 de la Reglamentación de Justicia Militar para GENDARMERIANACIONAL, Decreto Nº 712 del 29 de mayo de 1989.

Que en la presentación del citado Oficial Superior retirado se advierte un espíritu polémico so pretexto de demostrar la existencia de un error con el fin de transformar en injusta la medida administrativa impuesta.

Que los agravios vertidos por el recurrente no constituyen una crítica razonada, seria y fundada que permitan demostrar la existencia del pretendido error y de la presunta injusticia que alega; resultando una mera apreciación subjetiva de los hechos que resultaron causa del reproche que pretende impugnar.

Que en el presente, ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de acuerdo al artículo 232 bis introducido por el Decreto Nº 460 del 18 de marzo de 1992, a la Reglamentación de Justicia Militar para GENDARMERIANACIONAL, Decreto Nº 712 del 29 de mayo de 1989.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

No hacer lugar por infundado al recurso en grado de insistencia, intentado por el Comandante Mayor (R) de GENDARMERIA NACIONAL D. Rubén Adolfo CIPUZAK (M.I.

8.608.465), contra la medida administrativa de carácter disciplinario que le fuera impuesta por Disposición del señor Director Nacional de Gendarmería Nº 489/05, correctivo que se desprende de la Información Militar Nº 2/04.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández.

RESOLUCIONES Procuración General de la Nación MINISTERIO PUBLICO Resolución 67/2007

Acéptase la renuncia presentada al cargo de fiscal adjunto de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 de la Capital Federal.

Bs. As., 12/11/2007

VISTO:

El expediente M 6921/2007 caratulado 'ALVAREZ BERLANDA Jorge - Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Fed. 1 s/ su renuncia por motivos personales', del registro de la Mesa General de Entradas y Salidas de esta Procuración General de la Nación,

Y CONSIDERANDO:

--I-Que el expediente de referencia se inició con motivo de la renuncia presentada el 13 de septiembre pasado por el doctor Jorge Luis del Valle Alvarez Berlanda, fiscal adjunto de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 1 de la Capital Federal, a partir del 15 de enero de 2008.

Que de las constancias agregadas a las actuaciones citadas en el Visto se desprende que el magistrado cumplió con la presentación de las declaraciones patrimoniales en tiempo y forma.

Que, mediante Resoluciones MP Nro. 34/07 del 3 de julio de 2007 y MP Nro. 43/07 del 13 de agosto de 2007, el suscripto dispuso la apertura de la instancia ante el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público de la Nación respecto del doctor Alvarez Berlanda, con el objeto de que se determinase si su conducta ameritaba la aplicación de la sanción de remoción, por configurar las causales de mal desempeño, grave...

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