Resolucion 390/2007 - Sagpa

Fecha de disposición03 Diciembre 2007
Fecha de publicación03 Diciembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31294
Art. 2º

Esta Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º

Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONALDELREGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín Oficial de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección RegionalAduanera Bahía Blanca. Cumplido, remítase a la DivisiónAduana de Bahía Blanca, para su conocimiento y notificación. -- Ricardo Echegaray.

Nº 565.680 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 112/2007

Prórroga de habilitación precaria Zona Operativa Aduanera en jurisdicción de la División Aduana de San Juan.

Bs. As., 28/11/2007

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 12391-95-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO la Municipalidad de Santa Lucía, Provincia de San Juan, solicita una nueva prórroga de la habilitación de la Zona Operativa oportunamente otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 5/06 (DGA) y prorrogada por Resolución Nº 20/2007 (DGA), del predio de la Báscula Municipal, dependiente de la División Aduana de San Juan, en jurisdicción de la Dirección RegionalAduanera Mendoza.

Que mediante Ordenanza Nº 1826 del 8 de noviembre del 2007, la Municipalidad de Santa Lucía resuelve 'renovar el convenio de habilitación de la Zona Operativa con carácter provisorio por Resolución Nº 5/06 (DGA) en el predio de la Báscula Municipal de Santa Lucía hasta el 10 de diciembre del año 2007'.

Que en tal sentido, y hasta tanto se concreten las obras necesarias para el funcionamiento de la Zona Primaria Aduanera en el Municipio de Pocito, corresponde otorgar una nueva prórroga a la habilitación provisoria concedida oportunamente al predio de la Báscula Municipal de Santa Lucía hasta el día 10 de diciembre de 2007, en concordancia con la Ordenanza Municipal dictada.

Que a tal fin, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Administración de la Aduana de San Juan serán responsables de impulsar y gestionar las obras de infraestructura necesarias, con el objeto de contar con la Zona Primaria en condiciones de comenzar a operar a la mayor brevedad posible.

Que en autos ha tomado la debida intervención que le compete la División Aduana de San Juan, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9°, apartado 2, inciso n) del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º

Prorrogar la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 20/2007 (DGA), a la Zona Operativa ubicada en el predio de la Báscula Municipal de Santa Lucía, propiedad de la Municipalidad de Santa Lucía, Ruta Nº 20 km. 4, de la Provincia de San Juan, hasta el día 10 de diciembre de 2007, con igual carácter e idéntico alcance.

Art. 2º

Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Mendoza. Remítanse los presentes a la División Aduana de San Juan para su conocimiento y notificación. -- Ricardo Echegaray.

Nº 565.681 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 113/2007

Prórroga de Habilitación Provisoria de Puerto Timbúes. Aduana de San Lorenzo.

Bs. As., 28/11/2007

VISTO el Expediente Nº 1-252733-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma LDC ARGENTINA S.A. (EX-S.A.C.E.I.F. LOUIS DREYFUS Y CIA. LTDA.) solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio por el término de NOVENTA (90) días mediante Resolución Nº 51/07 (DGA) del 27 de agosto de 2007, al solo efecto de realizar operaciones de importación y exportación de cereales y subproductos oleaginosos en el sector de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado sobre la margen derecha del RIO CORONDA a la altura del Kilómetro CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO (464) de la Ruta Troncal de Navegación, en la localidad de TIMBUES, Provincia de SANTA FE.

Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria solicitada mediante actuación SIGEA Nº 12509-147-2006, atento estar en trámite la habilitación definitiva del puerto por parte de la Secretaría de Transporte (Expediente Nº S01:0286658/2006).

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de NOVENTA (90) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 51/07 (DGA) del 27 de agosto de 2007.

Que en autos ha tomado la debida intervención la División Aduana de SAN LORENZO, la Dirección Regional Aduanera ROSARIO y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º

Prorrogar la habilitación aduanera otorgada al puerto de la firma LDC ARGENTINAS.A. (EX- S.A.C.E.I.F. LOUIS DREYFUS y CIA.

LTDA.) mediante Resolución Nº 51/07 (DGA), por el término de NOVENTA (90) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 51/07 (DGA), con igual carácter e idéntico alcance.

Art. 2º

Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de San Lorenzo a los efectos de su conocimiento y notificación Cumplido, archívese. -- Ricardo Echegaray.

Nº 565.683 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS Resolución 390/2007

Autoridad de Aplicación. Régimen de Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.

Registros de Titulares de Proyectos, de Profesionales responsables de Proyectos, y de Emprendimientos Forestales. Operatoria para acceder a los beneficios establecidos en la Ley Nº 25.080.

Bs. As., 26/11/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0258213/2007 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, el Decreto Nº 133 de fecha 18 de febrero de 1999, las Resoluciones Nros. 22 de fecha 27 de marzo de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PRODUCCION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, 1051 y 1052 ambas de fecha 18 de diciembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta Nº 157 y Nº 10 de fecha 7 de marzo de 2001 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, las Resoluciones Nros. 45 de fecha 9 de febrero de 2005, 260 de fecha 22 de abril de 2005 y 441 del 31 de julio de 2006, todas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 23 de la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados...

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