Resolucion 132/2007 -sagpa

Fecha de disposición27 Abril 2007
Fecha de publicación27 Abril 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31144

RESOLUCIONES Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos INDUSTRIA ACEITERA Resolución 132/2007

Danse a conocer los valores de base del aceite crudo de girasol y de soja a los efectos de su aplicación en la liquidación de la compensación prevista en la Resolución Nº 344/2007 de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario.

Bs. As., 25/4/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0134606/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 239 de fecha 18 de abril de 2007, todas del citado Ministerio, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION complementada por su similar Nº 40 de fecha 25 de enero de 2007, se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno, a través de los industriales y operadores que venden en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

Que la mencionada Resolución 9/07 señala en su Artículo 3º que el subsidio resultará de la diferencia entre el valor de mercado del producto de que se trate, que periódicamente publicará la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y los precios de abastecimiento interno que oportunamente determinará el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a propuesta de su SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR en las condiciones que determine la reglamentación.

Que mediante la Resolución Nº 239 de fecha 18 de abril de 2007 del citado Ministerio se aclara que, a los efectos del cálculo de las compensaciones respecto de subproductos o productos derivados de los granos de trigo, maíz, soja y girasol, así como sus equivalencias contempladas en la citada Resolución Nº 9/07, la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, podrá utilizar los indicadores de precios, parámetros y/o coeficientes técnicos y económicos que elabore la citada Secretaría.

Que mediante la Resolución Nº 344 de fecha 12 de abril de 2007 de la referida Oficina Nacional, se establecieron, entre otros aspectos, los mecanismos de pago y liquidación para la compensación a la industria aceitera en el marco de las aludidas Resoluciones Nros. 9/07 y 40/07.

Que en mérito a la definición contenida en la citada Resolución Nº...

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