Resolucion 35/2007 -sagpa

Fecha de disposición07 Marzo 2007
Fecha de publicación07 Marzo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31110
Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese a la página de Internet de la Comisión http://www.cnv.gov.ar y archívese. -- Eduardo Hecker. -Alejandro Vanoli. -- Héctor O. Helman.

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos ARANCELES Resolución 35/2007

Fíjanse los valores de venta de formularios y los aranceles correspondientes al ámbito de actuación de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario.

Bs. As., 6/3/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0012616/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 se creó la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO como organismo descentralizado en la jurisdicción de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el mencionado Decreto Nº 1067/05 establece en su Artículo 11, inciso a) que la citada Oficina Nacional contará, como recursos, con 'El producido de las tasas y aranceles que el organismo perciba conforme las facultades otorgadas por la presente medida.'.

Que, asimismo, se faculta a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS a crear y modificar las tasas y aranceles necesarios para el cumplimiento de las funciones específicas determinadas en la referida norma.

Que, correlativamente, en su Artículo 10, inciso 27), dicho decreto establece, entre las funciones y atribuciones conferidas al presidente de la citada Oficina Nacional, la de proponer a la mencionada Secretaría los montos de las tasas y aranceles vinculados al cumplimiento de sus funciones específicas.

Que con anterioridad al marco normativo establecido por el mencionado Decreto Nº 1067/05, la citada Secretaría había oportunamente modificado y/o creado aranceles relacionados con las actividades llevadas a cabo por la ex-OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ello a medida que se fueron atribuyendo a la misma nuevos ámbitos de actuación que implicaron nuevos servicios a ser brindados por el organismo, así como las crecientes necesidades de la actividad de fiscalización y control desarrollada por el mismo.

Que ello dio como resultado una importante dispersión normativa, que se advierte conveniente sanear, estableciendo en una sola resolución todos los aranceles aplicables a las actividades de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, lo que, a su vez, redunda en una mayor accesibilidad a la información por parte de los interesados.

Que atento a la experiencia recogida en los últimos tiempos y a los cambios económicos producidos en los mercados sujetos a control del organismo, se considera necesario incluir algunas modificaciones a los aranceles ya vigentes, ya sea en lo referido a los valores a ser abonados, como así también en las categorías a ser incluidas, a fin de hacer más equitativo el pago de los mismos.

Que, en este sentido, se advierte la necesidad de modificar los aranceles establecidos por la Resolución Nº 568 de fecha 4 de junio de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, correspondientes al registro de matriculados de la Ley Nº 21.740 para las especies bovina, porcina, caprina, ovina y equina.

Que, asimismo, se advierte la necesidad de modificar los aranceles establecidos por la Resolución Nº 219 de fecha 27 de febrero de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, que fijó los valores de venta de las Listas de Matanza y Romaneos de Playa.

Que corresponde establecer, asimismo, el arancel correspondiente a la actividad de Tipificador de Carnes, el que deberá ser abonado por el establecimiento al momento de procederse a realizar el alta del Tipificador habilitado.

Que por la Resolución Nº 36 de fecha 5 de junio de 2002 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION modificada por su similar Nº 653 de fecha 29 de julio de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se contempla entre los requisitos generales a ser acreditados por los...

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