Resolución de Presidencia - Simple N° 102 - PJMG/2023, 17/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCION N.° 102/PJMG/22
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2022
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones del
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N°
84/2003 y modificatorias y Nº 456/2013 y el EX-2022-00005972-EURSPCABA y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería
jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, el Estatuto del Personal del ERSP establece que se considera adscripto al
personal destinado a ejercer sus funciones fuera del Ente a requerimiento de un
organismo solicitante nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires
por un período de tiempo determinado;
Que, se ha solicitado la adscripción para prestar servicios en la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a solicitud del Diputado Daniel Eduardo Del Sol, de
la agente Agustina Mara MARTELETTI (DNI Nº 40.642.850);
Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N°
456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las
cuestiones relativas a la administración del ERSP;
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°. -Apruébese la adscripción y autorícese a prestar servicios en la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a solicitud del Diputado Daniel Eduardo Del
Sol, a la agente Agustina Mara MARTELETTI (DNI Nº 40.642.850), desde el 16 de
diciembre de 2022 y hasta el 9 de diciembre de 2023.
Artículo 2°. -Notifíquese a la agente Agustina Mara MARTELETTI informándole que,
vencido el plazo dispuesto en el artículo precedente, deberá reincorporarse al Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°. -Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese al Organismo solicitante y a la Gerencia de
Administración. Cumplido, archívese. Grippo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6583 - 17/03/2023

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