Resolución de Presidencia N° 27/PARA/18

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 27/PARA/18
Buenos Aires, 15 de enero de 2018
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Resolución del Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº
456/ERSP/2013 y la Nota Nº 08/GA/2018 y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería
jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, la Ley Nº 210 reglamentaria de su creación ratifica la facultad que tiene el Ente
para administrarse a sí mismo conforme las pautas normativas expresadas en su
texto;
Que, el Art. 14 de la Ley Nº 210 determina que su patrimonio está integrado por los
bienes que se le transfieran y por los que adquiera en el futuro;
Que, para el cumplimiento de las funciones y competencias encomendadas por la Ley
210, el ERSP ha adquirido una serie de vehículos;
Que, a los fines de tramitar la exención al pago de patentes de los vehículos propiedad
del ERSP, resulta necesario proceder a la designación un agente;
Que, el Reglamento Interno del Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución Nº
456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir todas las resoluciones
relativas a la administración del organismo; Que la Unidad Legal y Técnica ha tomado
la intervención de su competencia.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorízase al agente Sr. Vito Oscar Consentino (DNI: 17.639.404) a
realizar todas las gestiones necesarias ante la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de lograr la exención
del pago de patentes de los vehículos propiedad del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos.
Artículo 2°.- Regístrese. Notifíquese. Comuníquese a la Gerencia de Administración y
publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Ameijenda
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5410 - 10/07/2018

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