Resolucion 42/2008 - Oncca

Fecha de disposición07 Mayo 2008
Fecha de publicación07 Mayo 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31399

Apruébase el procedimiento establecido para la solicitud denominada 'R.O.E. Rojo', en el Registro de Operaciones de Exportación, respecto de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias incluidas en el Anexo de la Resolución Nº 6/2008 del Ministerio de Economía y Producción. Declaración Jurada y contenido. Encaje productivo exportador.

Sanciones. Vigencia.

Bs. As., 6/5/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0165009/2008 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 6/2008 emanada del Ministro de esa cartera, se encomendó a la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario --ONCCA-- continuar como Autoridad de Aplicación del Registro de Operaciones de Exportación (ROE), y reglamentar los aspectos relacionados con esta herramienta de monitoreo para asegurar el abastecimiento interno y autorizar exportaciones confiables, como componente central de la ejecución de las políticas del Estado Nacional.

Que para efectivizar el ordenamiento del Mercado de Carne Bovina y la transparencia de las operaciones de exportación, evitando una merma en el correcto abastecimiento interno y garantizando la estabilidad de los precios domésticos; con fecha 17 de Abril de 2008, el Gobierno Nacional y los representantes de la producción cárnica, suscribieron un Acuerdo Marco destinado a dar previsibilidad macroeconómica y transparencia del mercado.

En orden a las finalidades perseguidas, resulta necesario establecer que los operadores informen su Capacidad de Almacenamiento de Producción, y el Stock de Producción al...

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