Resolucion 283/2008 - Oncca

Fecha de disposición10 Enero 2008
Fecha de publicación10 Enero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31320

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago del OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de la compensación solicitada sujeto a la liquidación final que resulte de verificación de la existencia final de los stock declarados y/u otro aspecto que la citada Oficina Nacional considere pertinente.

Que los montos que se aprueban en el porcentaje aludido no superan el máximo mensual establecido en la citada Resolución Nº 4771/07.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado delapresentemedidaenfuncióndelodispuesto en el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 128 de fecha 5 de septiembre de 2007, todas del MINISTERIO DE ECONOMIAYPRODUCCIONy4771defecha8deoctubrede2007 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado de la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del mencionado Ministerio.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO EN EL EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase la compensación a la firma NESTLE ARGENTINA S.A. por la suma de PESOS DOS MILLONES CUARENTA MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 2.040.169,26) correspondiente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre PESOS SETENTA CENTAVOS ($ 0,70) y PESOS CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 0,51) por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno, abonado en el mes de mayo de 2007.

Art. 2º

Apruébase la compensación a la firma NESTLE ARGENTINA S.A. por la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 2.210.718,59) correspondiente al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre PESOS SETENTA CENTAVOS ($ 0,70) y PESOS CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 0,51) por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno, abonado en el mes de junio de 2007.

Art. 3º

Autorízase el pago de las compensaciones consignadas en los Artículos 1º y 2º de la presente medida, a la firma NESTLE ARGENTINA S.A., CUIT 30-54676404-0, Clave Bancaria Uniforme 0150931502000002982090, el que asciende a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTAMIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON OCHENTAY CINCO CENTAVOS ($ 4.250.887,85).

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Jorge Artundo.

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario INDUSTRIA LACTEA Resolución 283/2008

Autorízase...

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