Resolucion 6039/2007 - Oncca

Fecha de disposición15 Noviembre 2007
Fecha de publicación15 Noviembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31282
Art. 9º

Una vez finalizado el trámite de inscripción, este Organismo asignará la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del nuevo responsable.

Art. 10

A fin de solicitar el alta en los impuestos y/o regímenes correspondientes, las personas jurídicas indicadas en el Artículo 1º ingresarán mediante la 'Clave Fiscal' conforme a lo previsto por la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementaria, al servicio 'Padrón Unico de Contribuyentes', en la opción 'Trámites'/'Alta de Impuestos', disponible en la página 'web' institucional.

Asimismo, podrán consultar en dicha página el Manual del Usuario, en el que se detalla el procedimiento para solicitar el alta en los impuestos y/o regímenes y las causales de rechazo.

Como constancia de recepción de la solicitud de alta de impuestos o regímenes, el sistema emitirá un acuse de recibo.

Art. 11 El procedimiento establecido en el artículo precedente deberá ser utilizado por los sujetos que se indican a continuación, a los fines de solicitar el alta en impuestos y/o regímenes:
  1. Sociedades que se encuentren inscriptas a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución general, b) sociedades comprendidas en la Resolución General Nº 2325 (AFIP) y Resolución General Nº 5/ 07 (IGJ), y

  2. personas físicas.

Art. 12 Las solicitudes de modificación de datos deberán formalizarse --en todos los casos-observando las disposiciones establecidas en la Resolución General Nº 10, sus modificatorias y complementarias.
Art. 13 Apruébanse el formulario de declaración jurada Nº 420/J y el Anexo que forman parte de la presente y el programa aplicativo denominado 'MODULO INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS - F. 420/J - Versión 1.0'.
Art. 14 Las disposiciones de esta resolución general resultarán de aplicación a partir del día 19 de noviembre de 2007, inclusive.
Art. 15 Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Alberto R. Abad.

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 2337

SISTEMA 'MODULO INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS - F. 420/J - Versión 1.0' CARACTERISTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TECNICOS Este programa aplicativo deberá ser utilizado para efectuar los trámites de inscripción de las sociedades --incluidas las no constituidas regularmente y las de hecho--, asociaciones y demás personas jurídicas y sujetos mencionados en los incisos b) y c) del Artículo 5º de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, siempre que no se encuentren alcanzadas por el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 2325 (AFIP) y Resolución General Nº 5/07 (IGJ).

  1. Requerimientos de 'hardware' y 'software' La utilización del sistema 'MODULO INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS - F 420/J - Versión 1.0' requiere tener preinstalado el sistema informático 'S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 - Release 2'.

    La veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del contribuyente o responsable.

    1.1. PC con Procesador de 500 MHz o superior.

    1.2. Memoria RAM mínima: 128 MB.

    1.3. Memoria RAM recomendable: 256 MB o superior.

    1.4. Disco rígido con un mínimo de 10 MB disponibles.

    1.5. 'Windows 95, 98 o NT' o superior.

    1.6. Instalación previa del 'S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 - Release 2'.

  2. Descripción general del sistema El objetivo y funciones principales del sistema son:

    1. Tramitar de manera informatizada las solicitudes de inscripción y/o altas, de las sociedades --incluidas las no constituidas regularmente y las de hecho--, asociaciones y demás personas jurídicas y sujetos mencionados en los incisos b) y c) del Artículo 5º de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, siempre que no se encuentren alcanzadas por el procedimiento...

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