Resolucion 3992/2007 - Oncca

Fecha de disposición20 Septiembre 2007
Fecha de publicación20 Septiembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31243

ANEXO VI:

CUIT: 30-66649524-8

QUIROLAC LACTEOS SOCIEDAD DE HECHO ANEXO VII:

CUIT: 30-58661152-2

ERNESTO RODRIGUEZ E HIJOS S.A.

ANEXO VIII:

CUIT: 30-56652637-5

COOPERATIVA LIMITADA DE TAMBEROS CARLOS MARIA RIVERO HAEDO ANEXO IX:

CUIT: 30-50519268-7

COOPERATIVA TAMBERA DOS HERMANAS DE SERRANO LIMITADA ANEXO X:

CUIT: 30-59494319-4

COOPERATIVA DE TAMBEROS LAS CUATRO ESQUINAS LIMITADA ANEXO XI:

CUIT: 30-68714743-6

LACTEOS CONOSUR S.A.

ANEXO XII:

CUIT: 30-70713970-2

MARCA SOCIEDAD ANONIMA ANEXO XIII:

CUIT: 30-70913814-2

LACTEOS PUYEHUE S. R. L.

ANEXO XIV:

CUIT: 30-55583965-7

SAN SATUR S.A. AGROPECUARIA ANEXO XV:

CUIT: 30-70839179-0

COOP. AGROPECUARIA, ARTESANAL, TAMBERA, GRANJERA, ETC. LA BANDEÑITA LIMITADA ANEXO XVI:

CUIT: 30-70892518-3

MANULAC S. R. L.

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario INDUSTRIA LACTEA Resolución 3992/2007

Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por productores tamberos.

Bs. As., 19/9/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0342635/2007, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.243 58Jueves 20 de setiembre de 2007

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.

Que por la Resolución Nº 40 de fecha 25 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIADE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a incluir a la cadena láctea dentro de los mecanismos establecidos por la mencionada Resolución Nº 9/07, así como a determinar la compensación al consumo interno de esta cadena.

Que ello fue concretado mediante la Resolución Nº 745 de fecha 29 de enero de 2007 de la citada Oficina Nacional, fijando una compensación de PESOS CERO CON CINCO CENTAVOS ($ 0,05) por litro de leche producida.

Que asimismo, por la Resolución Nº 61 de fecha 8 de febrero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se creó el Programa de Estabilización de Precios de Productos del Sector Lácteo destinados al Mercado Interno previendo la implementación de un sistema de compensación de los mercados de productos del sector lácteo, a través del pago de un aporte no reintegrable.

Que la Resolución Conjunta Nº 39 de la citada Secretaría y Nº 9 de la referida Oficina Nacional de fecha 9 de marzo de 2007, implementó el marco normativo indicado a través de un procedimiento integral.

Que resultan beneficiarios los productores tamberos que posean sus explotaciones radicadas dentro del territorio nacional que, entre otros recaudos, presenten sus datos de producción ante los operadores lácteos a los cuales remite leche bovina fluida sin procesar destinada a la industrialización.

Que mediante Expediente Nº S01:0152204/2007, la firma 'LACTEOS SAN JORGE', en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094323-1, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos Nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.

Que mediante Expediente Nº S01:0281379/2007, la firma 'LACTEOS CLP S.R.L.', en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 095084-8, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos Nombres o Razón Social,

Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

Que mediante Expediente Nº S01:0232223/2007, la firma 'LACTEOS ANDREA S.R.L.', en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094901-9, presentó la documentación prevista en la citada Resolución Conjunta Nº 39/07 y Nº 9/07 para la aprobación y pago de compensación a los productores tamberos cuyos Nombres o Razón Social, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo III que forma parte integrante de la presente resolución.

Que mediante Expediente Nº S01:0123633/2007, la firma 'FIORELLI & TONSO S.A.', en carácter de operador lácteo inscripto ante la citada Oficina Nacional bajo el Nº 094299-5, presentó la...

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