Resolucion 1678/2007 - Oncca
Fecha de disposición | 06 Julio 2007 |
Fecha de publicación | 06 Julio 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31191 |
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 61 de fecha 8 de febrero de 2007, todas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:
Apruébanse las compensaciones a los productores tamberos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, las que ascienden a la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 262.994,90).
Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los productores tamberos mencionados en el Anexo que forma parte de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 262.994,90).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
-- José Portillo.
ANEXO CUIT: 30-64806084-6
NOAL S.A.
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario INDUSTRIA LACTEA Resolución 1678/2007
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas por determinados productores tamberos, en el marco de la Resolución Nº 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.
Bs. As., 3/7/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0230529/2007, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por la Resolución Nº 40 de fecha 25 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIADE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a incluir a la cadena láctea dentro de los mecanismos establecidos por la mencionada Resolución Nº 9/07, así como a determinar la compensación al consumo interno de esta cadena.
Que ello fue concretado mediante la Resolución Nº 745 de fecha 29 de enero de 2007 de la citada Oficina Nacional, fijando una compensación de PESOS CERO CON CINCO CENTAVOS ($ 0,05) por litro de leche producida.
Que asimismo, por la Resolución Nº 61 de fecha 8 de febrero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se creó el Programa de Estabilización de Precios de Productos del Sector Lácteo destinados al Mercado Interno...
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