Resolución Nro. 944 - REGISTRO DE APLICADORES PARA CARBOFURAN GRANULADO AL 10% Y PARA LOS PRODUCTOS DE BANDA ROJA

EmisorI.S.C.A.M.E.N
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2019

MENDOZA, 30 DE OCTUBRE DE 2019

VISTO el expediente Nº2019-05396939-GDEMZA-ISCAMEN#MEIYE, caratulado:“ Registro de aplicadores para carbofuran granulado al 10% y para los productos de Banda Roja”: el cual trata la mejora de la trazabilidad de la compra - venta y aplicación del producto carbofuran granulado al 10% y de los productos de Banda Roja mediante la creación del registro de aplicadores para dichos productos , siendo el Carbofuran 10% G, el único producto exceptuado de la prohibición establecida en los Artículos 1° y 2° de la Resolución del Senasa 263/2018 y que fuera rectificada en la Resolución 670/2018 y,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMen) tiene competencias legalmente asignadas para llevar a cabo las actividades de contralor, por ser organismo de aplicación de normas que rigen las actividades agrícolas vinculadas con el uso de agroquímicos, tales como, la Ley Nº 6333 (Artículo 18º), su Decreto Reglamentario Nº 1508/96, la Ley Nº 5665 de Agroquímicos y su Decreto Reglamentario Nº 1469/93, reguladoras de todas las actividades vinculadas con el uso, fabricación, formulación, fraccionamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, aplicación de agroquímicos como tratamiento de sus desechos y la aplicación de tecnologías menos contaminantes.

Que los hechos sucedidos en enero de 2018 en relación a la muerte de los cóndores, en el Departamento de Malargüe siendo una especie protegida y en peligro de extinción; impulsaron el desarrollo de ISCAMEN de instrumentos informáticos para mejorar los controles en el marco de las Resoluciones 870 – I – 2018 y de la 488 – I – 2018; sin perjuicio de las acciones legales iniciadas por Fiscalía de Estado.

Que los Sistemas Informáticos de Registro Obligatorio establecidos en las resoluciones antes mencionadas, hacen referencia al registro de productos de banda roja, amarilla y azul, por lo cual siendo el Carbofuran 10 G de banda amarilla debe ser registrado en dicho sistema con por los registrantes, distribuidores y expendedores desde la oficina virtual de ISCAMEN.

Que la condición toxicológica de los productos que responden a la categoría toxicológica Ia y Ib (banda roja) son extremada y altamente peligrosos y que presentan una toxicidad oral y dermal muy baja en relación a la DL50, características que definen su peligrosidad.

Que es...

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