Resolución Nro. 906 - CATEGORIZAR AL 'INSTITUTO TERAPEUTICO NARANJITO'
Emisor | MINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES |
Fecha de la disposición | 11 de Abril de 2019 |
MENDOZA, 11 DE ABRIL DE 2019
Visto el expediente 202-C-13-77746 (Cuerpos I, II, III, IV, V y VI) en el cual se tramita la Categorización e Inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD del establecimiento denominado “INSTITUTO TERAPÉUTICO NARANJITO”, situado en calle Alsina Nº 1250 – Distrito Dorrego - Departamento Guaymallén - Mendoza, titularidad de INSTITUTO TERAPÉUTICO NARANJITO S.R.L., CUIT Nº 30-64706803-7, en la modalidad CENTRO DE DÍA; y
CONSIDERANDO:
Que obra agregada el Acta de la Auditoría en Terreno llevada a cabo el 26 de noviembre de 2018, en función de las Actas obrantes a fs. 1083/1090;
Que en tal oportunidad se procedió a la evaluación de los antecedentes para categorizar el servicio del establecimiento denominado “INSTITUTO TERAPÉUTICO NARANJITO”, según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, aprobado por Resolución Nº 1328/06;
Que para la evaluación mencionada se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución Nº 14/00 del PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD);
Que el 03 de diciembre de 2018, la Junta Evaluadora Provincial realizó el informe que obra a fs. 1156/1158, en el cual consta que el “INSTITUTO TERAPÉUTICO NARANJITO”, presenta falencias por lo que se otorgan plazos para subsanarlas;
Que el 11 de febrero de 2019, la Junta Evaluadora Provincial efectuó la Auditoría de Control de Plazos de acuerdo a la Resolución Nº 02/2013, según Actas de fs. 1162/1169, en la cual se constata que las falencias que presentaba la Institución fueron subsanadas;
Que el 06 de marzo de 2019 la Junta Evaluadora Provincial realizó el informe obrante a fs. 1225/1227, en el cual consta que el “INSTITUTO TERAPÉUTICO NARANJITO”, se encuentra en condiciones de categorizar en la modalidad CENTRO DE DÍA;
Que en la Ley Nº 8373 se aprobaron las grillas de categorización de las Resoluciones Nros. 47/01, 1328/06 y 02/13 del Ministerio de la Salud de la Nación, en los términos de la citada norma;
Que la presente norma legal se dicta por aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 9003 y en virtud de las facultades conferidas a la Junta Evaluadora Provincial, por Resoluciones Nros. 1992/12-MS y...
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