Resolución Nro. 864 - CREACIÓN DEL JARDÍN DE INFANTES EXCLUSIVO Nº 0-067

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2021

MENDOZA, 19 DE MARZO DE 2021

VISTO el EX-2020-05946877- -GDEMZA-MESA#DGE, en el cual la Dirección de Educación Inicial solicita la creación del Jardín de Infantes Exclusivo Nº 0-067 “Sin Nombre” en el departamento de Maipú, y;

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de Mendoza cumple con el compromiso de garantizar el servicio educativo para los niños y niñas, en el marco de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y de la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;

Que en orden 2 se encuentra el proyecto de creación del jardín de Infantes Exclusivo elaborado por la Inspectora Técnica Sección N° 2 de Nivel Inicial, Maipú;

Que el citado Jardín funcionará en el edificio construido en el complejo habitacional PRO.CRE.AR, para atender la demanda de salas de Nivel Inicial de esa comunidad;

Que en orden 12 la Dirección de Educación Inicial avala la creación de la precitada Institución;

Que al Jardín de Infantes Exclusivo se le asignará el Nº 0-067;

Que rola proyecto de resolución de la Dirección de Educación Inicial, según orden 14;

Por ello,

EL

DIRECTOR GENERAL DE ESCUELAS

RESUELVE:

Artículo 1

ro.-Créese un Jardín de Infantes Exclusivo en el departamento de Maipú, con las siguientes características:

Departamento Código y Número Secciones Turno Porcentaje de Zona
Maipú 0-067 6 (seis) Mañana y Tarde 0%
Artículo 2

do.-Tipifíquese al establecimiento creado con los clasificadores establecidos por el Consejo Federal de Educación:

  1. Tipo de Jornada: Simple

  2. Calendario: Común

  3. Régimen de permanencia del niño en la escuela: Externo

  4. Ámbito: Urbano

  5. Categoría: Segunda

  6. Bonificación por ubicación: 0%

Artículo 3

ro.-Facúltese a la Dirección de Educación Inicial para que asigne los cargos y secciones necesarios según la matrícula inscripta.

Artículo 4

to.- Determínese que para la imposición de nombre del nuevo establecimiento, se adopten las normas y procedimientos establecidos en la Ley Nº 6404. .

Artículo 5
...

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